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MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 127/2022

RESOL-2022-127-APN-MI

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2022

VISTO los Expedientes Nros. EX-2022-67989813- -APN-DGDYL#MI, original EXP-S02:0010893/2018 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley N° 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, la Disposición N° 50 de fecha 16 de mayo de 2019 de la Dirección Nacional Electoral, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el anteproyecto de demarcación de circuitos electorales elaborado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de BUENOS AIRES y remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en el marco del Expediente “S” 8/2019 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito BUENOS AIRES s/anteproyecto de división de circuitos electorales Nros. 768, 770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar)”.

Que se ha puesto en conocimiento de la propuesta en trámite a todos los partidos políticos reconocidos en el distrito pertinente.

Que la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL resolvió, en fecha 25 de febrero de 2018, aprobar el anteproyecto de división de circuitos electorales Nros. 768, 770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar), distrito BUENOS AIRES.

Que mediante la Disposición N° 50/19 de la Dirección Nacional Electoral se ordenó la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de DOS (2) días, del Informe Técnico N° IF-2019-36403909-APN-DEYCE#MI elaborado por la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de la Dirección Nacional Electoral de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS de este Ministerio del Estado Nacional, encontrándose cumplido lo ordenado en el inciso 2, del artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, en cuanto se refiere a la publicación del respectivo informe técnico.

Que, de conformidad con lo establecido en la referida norma, y encontrándose agotado el plazo VEINTE (20) días de publicado el Informe Técnico sin que se hayan verificado observaciones a la propuesta en trámite, corresponde aprobar la de división de circuitos electorales Nros. 768, 770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar), distrito BUENOS AIRES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la división de circuitos electorales Nros. 768, 770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar), distrito BUENOS AIRES, elaborada por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de BUENOS AIRES y remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en el marco del Expediente “S” 13/2019 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito BUENOS AIRES s/anteproyecto de división de circuitos electorales Nros. 768, 770, 770A, 771 y 772 (partido de Pilar)”.

ARTÍCULO 2º.- Procédase a la actualización de la información cartográfica pertinente por medio de la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de la Dirección Nacional Electoral de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS de este Ministerio.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Enrique de Pedro

e. 15/09/2022 N° 73162/22 v. 15/09/2022

Fecha de publicación 15/09/2022