FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Resolución 701/2022
RESFC-2022-701-APN-PD#FNA
Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2022
VISTO el expediente EX-2022-46857261- -APN-GO#FNA, la Ley N° 27.467, los Decreto Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, 426 de fecha 21 de julio de 2022 las Decisiones Administrativas Nros. 827 de fecha 2 de octubre de 2019, 1345 de fecha 29 de julio de 2020, las Resoluciones del Directorio del Fondo Nacional de las Artes N° 207 de fecha 22 de marzo de 2021, 236 de fecha 8 de abril de 2021, 434 de fecha 23 de noviembre de 2021, y
CONSIDERANDO
Que por NO-2022-79480238-APN-PD#FNA de fecha 2 de agosto de 2022 se solicitó tramitar la prórroga de la Designación Transitoria detallada en la misma.
Que por Decisión Administrativa N° 1345/20 prorrogada por la Resolución del Directorio del Fondo Nacional de las Artes Nro. 207 de fecha 22 de marzo del 2021 y su rectificatoria Nro. 236 de fecha 8 de abril del 2021, y la N° 434 de fecha 23 de noviembre de 2021 se designó transitoriamente al Sr. Pablo Osvaldo BENITEZ (D.N.I. N° 24.563.173), en el cargo de Coordinar de Recursos Humanos de la Gerencia de Operaciones del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, Organismo Autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 827 de fecha 2 de octubre de 2019 se aprobó la Estructura Organizativa de primer y segundo nivel operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
Que el Artículo 3° de la Decisión Administrativa citada precedentemente homologa y deroga en el nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
Que por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.).
Que por el artículo 3° del Decreto 1035/2018 se facultó a las máximas autoridades de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas. Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los procesos de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.
Que a fin de garantizar la continuidad de la gestión normal y habitual de este FONDO NACIONAL DE LAS ARTES es necesario prorrogar las designaciones transitorias aludidas.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.
Que la SUBGERENCIA LEGAL del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES ha tomado la intervención que le compete. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley N° 1224/1958.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Prorróguese, a partir del 28 de septiembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) hábiles, la designación transitoria del Señor Pablo Osvaldo BENITEZ (D.N.I. N° 24.563.173) en idénticas condiciones a las dispuestas por la Decisión Administrativa N° 1345/20 autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTICULO 2º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el Titulo II, Capítulos III, IV y VII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098/2008 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas de inicio de prórroga de la presente medida.
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 802 – FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mariana Claudia Bellotto - Jorge Leonardo Mordkowicz - Isabel Diana Saiegh
e. 20/09/2022 N° 74556/22 v. 20/09/2022
Fecha de publicación 20/09/2022