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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 4350/2022

RESFC-2022-4350-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2022

VISTO, el Expediente EX-2022-94680859- -APN-DTYOD#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337, los Decretos Nros. 420/96, 721/2000 sus modificatorios y complementarios.

Que a tal fin, tiene como misión principal concurrir a la promoción de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su fomento y desarrollo.

Que la provincia de Chubut comenzó con su recorrido cooperativista en el año 1885 cuando los inmigrantes galeses conformaron la Compañía Mercantil de Chubut.

Que en el año 1987 se creó la COOPERATIVA DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DE EL HOYO LIMITADA (COSTELHO), actualmente denominada COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, TELEFÓNICOS, TURISMO, VIVIENDA, CONSUMO Y CRÉDITO DE EL HOYO COSTELHO LIMITADA, Mat. Nº 11125, primera Cooperativa de la localidad de El Hoyo, nacida de la necesidad de los vecinos y las vecinas de obtener el servicio de telecomunicaciones en una región en la cual no llegaban las grandes empresas.

Que en el año 1996 se constituyó la COOPERATIVA AGRÍCOLA DE PARALELO 42° LIMITADA, Mat. Nº 18303, que nuclea a los productores y las productoras de la zona brindando servicios de plantación y cosecha de la fruta fina, reconocida a nivel mundial, enriqueciendo el recorrido de la localidad en el universo asociativo.

Que en El Hoyo ha crecido considerablemente el número de cooperativas que tienen actividades productivas en diferentes rubros tales como agropecuario, construcción, cuidados de adultos mayores, producción de alimentos, producción de cerveza artesanal, comercialización, transporte y servicios técnicos, impulsando el desarrollo económico de la región y constituyendo una fuente de trabajo para los ciudadanos y las ciudadanas.

Que en el año 2020 el municipio firmó un convenio junto a la CONFEDERACIÓN DE COOPERATIVAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COOPERAR) para integrar la RED DE MUNICIPIOS COOPERATIVOS.

Que con el apoyo y promoción de la Municipalidad de El Hoyo, se realizan capacitaciones, talleres, articulación entre las entidades de la economía social y actividades comunitarias, dando un valor primordial a los principios cooperativos.

Que, asimismo, desde el municipio se fomenta la educación y formación de los y las integrantes de las cooperativas, como también de los grupos pre-asociativos, con miras a la sustentabilidad de la empresa social.

Que la localidad fue sede de varios eventos y acontecimientos importantes para el movimiento cooperativo nacional, tales como el primer Encuentro Nacional de Jóvenes Cooperativistas (2001) y el capítulo Patagonia del Congreso Nacional Cooperativo (2004).

Que en el año en curso se realizó la primera EXPO COOP de la Comarca Andina, evento en el cual se realizaron talleres relacionados al cooperativismo, exposiciones de referentes nacionales e internacionales; situación que permitió visibilizar el movimiento de la economía social y solidaria en la región.

Que en dicha jornada, el INAES acompañó la iniciativa del gobierno municipal en torno a declarar a la ciudad de El Hoyo “Capital Provincial del Cooperativismo”, con el objeto de continuar fomentando los valores y principios cooperativos e impulsar a las entidades asociativas de la localidad y de la región.

Que en virtud de lo expuesto, se considera oportuno declarar a la localidad de El Hoyo, provincia de Chubut como Capital Provincial del Cooperativismo.

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 inciso d) de la Ley N° 19.549, el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que es materia de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 20.321 y 20.337 y los Decretos Nros. 420/1996 y 721/2000, y sus normas modificatorias y complementarias,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase a la localidad de El Hoyo, departamento de Cushamen, provincia de Chubut, como Capital Provincial del Cooperativismo.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese.

Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Alexandre Roig

e. 22/09/2022 N° 75455/22 v. 22/09/2022

Fecha de publicación 22/09/2022