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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER

Disposición 165/2022

DI-2022-165-APN-INC#MS

Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-96275749- -APN-DA#INC, la Ley Nº 27.285, el Decreto N° 1286 del 9 de septiembre del 2010 y la Resolución Ministerial N° 508 de fecha 3 de mayo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 27.285 se otorga al INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER el carácter de organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional con personería jurídica propia, y con un régimen de autarquía funcional, administrativa, económica y financiera, en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD. Asimismo, por su artículo 2° se fijaron los objetivos principales del Instituto, entre ellos los de desarrollar una estrategia de capacitación de recursos humanos en todos los niveles de atención a fin de mejorar la calidad de la asistencia de las personas en términos de prevención, detección, diagnóstico y tratamiento integral del cáncer.

Que mediante la Resolución Ministerial Nº 508/2011 se crea el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, con el objeto de intervenir en el proceso de formación de recursos humanos en las distintas áreas de la oncología, y contribuir a la disminución de la mortalidad por cáncer en la República Argentina.

Que, en el marco del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER se instrumenta, desde el año 2011, la “Convocatoria a Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer”, de acuerdo con las áreas de capacitación delineadas por el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

Que, en dicho marco, el Programa de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer en forma conjunta con el área de Sistema de Vigilancia y Reporte del Cáncer han decidido apoyar y consolidar los Registros de Cáncer de Base Poblacional del país mediante la apertura a una convocatoria a becas que contribuya con la formación y ejercicio profesional de los/as futuros/as registradores/as en las provincias seleccionadas.

Que, la instrumentación de esta línea de acción se inscribe en la estrategia interinstitucional que inició el SIVER-Ca en 2021 con el inicio del trabajo conjunto con los Registros de Cáncer de Base Poblacional tendiente a la creación de la red de Registros Poblacionales de Cáncer de Argentina, para fortalecer los registros del país y generar oportunidades de capacitación y actualización de los y las profesionales que la integran.

Que, como consecuencia de lo expuesto, tramita por las actuaciones individualizadas en el Visto la solicitud para autorizar la apertura de la Convocatoria a “Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Registros de Cáncer de Base Poblacional - San Luis y Santa Fe”, como parte de una acción conjunta entre el ÁREA DE SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y REPORTE DEL CÁNCER y el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

Que, la mencionada Convocatoria invita a profesionales y estudiantes avanzados en carreras de nivel superior afines a las actividades a desarrollar como registradores/as de las provincias de San Luis y Santa Fe, a postularse con el objetivo de contribuir con su formación a la mejora permanente de la calidad de la información y contribuir a la producción de información epidemiológica sobre cáncer en estas dos jurisdicciones.

Que, en la presente Convocatoria se estableció que las becas de referencia son dos (2) de doce (12) meses de duración, según las prescripciones pautadas en el ANEXO VIII que forma parte de la presente; con inicio previsto el 1 de noviembre del 2022 en cada provincia.

Que, la presente convocatoria se llevará a cabo desde el día 22 de septiembre hasta el 3 de octubre del 2022 inclusive.

Que, para su realización se requiere la aprobación de las bases y condiciones generales de la misma (Anexo I), previo a las postulaciones.

Que, se asignó la suma total de PESOS DE QUINIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($560.000,00.-) para el Año 2022 y la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.800.000,00.-) para el Año 2023, correspondiendo un estipendio mensual a cada becario/a de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($140.000.-).

Que, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER tomó la intervención de su competencia y certificó que el SAF 915 – Instituto Nacional del Cáncer - cuenta con las partidas presupuestarias suficientes para hacer frente al gasto en el ejercicio 2022, por un total de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($560.000,00) y qué se incluyó la suma correspondiente para el ejercicio 2023 de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.800.000,00).

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

Que la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER ha tomado la intervención de su competencia.

Que lo actuado se encuentra enmarcado en las facultades conferidas por el Decreto N°1286/2010 y la Ley N° 27.285.-

Por ello,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER

DISPONE:

ARTÍCULO 1º: Instruméntese la “Convocatoria a Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Registros de Cáncer de Base Poblacional- San Luis y Santa Fe” del Área SIVER-Ca en forma conjunta con el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER, de conformidad con sus lineamientos generales y reglamento de bases y condiciones.

ARTÍCULO 2º: Apruébense las Bases y condiciones, el área de capacitación, lineamientos generales y demás instrumentos para aplicar a la “Convocatoria a Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Registros de Cáncer de Base Poblacional- San Luis y Santa Fe”, de acuerdo a lo detallado en los Anexos: Anexo I: DI-2022-99330829-APN-DPDYT#INC; Anexo II: DI-2022-97220921-APN-DPDYT#INC; Anexo III: DI-2022-97188976-APN-DPDYT#INC; Anexo IV: DI-2022-97185817-APN-DPDYT#INC; Anexo V: DI-2022-97182688-APN-DPDYT#INC; Anexo VI: DI-2022-97179013-APN-DPDYT#INC; Anexo VII: DI-2022-98639726-APN-DPDYT#INC; Anexo VIII: DI-2022-98643450-APN-DPDYT#INC; Anexo IX: DI-2022-97149829-APN-DPDYT#INC; que forman parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la siguiente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del SAF 915 - Programa 65.0.0.2.0 - IPP 5.1.3.0 “Becas” de fuente de financiamiento 11 (Tesoro Nacional).

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Veronica Pesce

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/09/2022 N° 75644/22 v. 22/09/2022

Fecha de publicación 22/09/2022