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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES

Resolución 470/2022

RESOL-2022-470-APN-MTYD

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-95261002-APN-DDE#MTYD, la Ley de Ministerios Nº 22.520, (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (texto ordenado 2014) y sus modificatorias, el Decreto Nº 167 del 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 incorporó a la Ley Complementaria del Presupuesto Nº 11.672 y sus modificatorias, la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que, asimismo, por el artículo 1º del Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y a designar a sus titulares, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que compete a este MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES entender en la determinación de las políticas de Deportes en el ámbito Nacional y establecer políticas activas de promoción, desarrollo y fomento del deporte social de acuerdo con criterios de inclusión, promoción de derechos, y con una perspectiva federal e igualitaria.

Que resulta menester promover la integración de los/las habitantes del país en los procesos de desarrollo, impulsando su participación en actividades de intervención territorial para prácticas deportivas, con miras de avanzar hacia una sociedad más justa e igualitaria, e impulsar actividades de interés común para el desarrollo y fortalecimiento del deporte social en todo el territorio nacional.

Que, en ese marco, se considera necesario crear el PROGRAMA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO, en el ámbito de este MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, que tendrá como objetivo principal el desarrollo, promoción y fomento del deporte social con una perspectiva social y federal, así como dinamizar las políticas públicas de acción territorial del Ministerio en dicha materia.

Que a los fines de dar cumplimiento a las mencionadas competencias asignadas a esta Jurisdicción y a efectos de satisfacer las necesidades de gestión se considera oportuna la creación de la “UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO” en el ámbito de este MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, la que tendrá por objeto la implementación del citado Programa.

Que la mencionada Unidad quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la presente medida, en los términos de lo dispuesto por la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 y sus modificatorias.

Que la Sra. María Macarena SANCHEZ JEANNEY (D.N.I. Nº 36.001.321), reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir eficientemente con las responsabilidades y funciones de Titular de la Unidad Ejecutora que se crea.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les corresponde.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones conferidas por el artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, el artículo 1º del Decreto Nº 167/18, y el Decreto Nº 21 de fecha 10 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase el PROGRAMA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, que tendrá por objeto el desarrollo y fomento del deporte social con perspectiva federal, con la finalidad de dinamizar las políticas públicas de acción territorial del Ministerio en dicha materia, favoreciendo el desarrollo de las prácticas deportivas en todo el territorio nacional a través de estrategias de promoción a nivel provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, impulsando el fortalecimiento de actividades territoriales vinculadas con el deporte social.

ARTÍCULO 2º.- Créase la “UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO” en el ámbito de este MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, la cual tendrá como objetivos:

a. Promover, en el marco de su competencia, la interacción con las Provincias, Municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el fortalecimiento de las políticas de promoción, desarrollo y fomento del deporte social, de acuerdo con criterios de inclusión e igualdad a nivel federal.

b. Generar las condiciones necesarias para acrecentar el alcance territorial de las políticas públicas para el desarrollo del deporte social a nivel comunitario, con una perspectiva federal.

c. Articular acciones con la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES de la SECRETARÍA DE DEPORTES destinadas a la promoción de programas tendientes a fortalecer las prácticas deportivas comunitarias y recreativas vinculadas al deporte social a nivel federal.

d. Promover la inclusión de todos y todas los y las habitantes del país a fin de fomentar la igualdad de oportunidades a través del deporte, mediante su participación en los dispositivos territoriales que se dispongan.

e. Implementar acciones federales tendientes a fortalecer los vínculos entre el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES con la comunidad, así como también con los organismos provinciales, municipales, y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES competentes, para la implementación y difusión de los programas deportivos, en el marco de su competencia.

f. Planificar e implementar, en el ámbito de su competencia, programas y proyectos tendientes al fomento de los valores deportivos a través de la coordinación de exhibiciones, jornadas recreativas y capacitaciones para deportistas y entrenadores/as comunitarios.

g. Implementar, en el marco de su competencia, acciones tendientes a fortalecer los vínculos entre la comunidad, los organismos municipales y las instituciones comunitarias deportivas del territorio nacional.

h. Articular con las áreas competentes de la Jurisdicción el desarrollo, organización y difusión de líneas de acción destinadas a las prácticas de deportes electrónicos a nivel federal.

ARTÍCULO 3º.- La “UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO” estará a cargo de un/a funcionario/a fuera de nivel con rango y jerarquía de Subsecretario/a.

ARTÍCULO 4º.- La Unidad Ejecutora creada por el Artículo 2º de la presente medida quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la presente medida, o una vez cumplido el objetivo para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.

ARTÍCULO 5º.- Desígnase en el cargo de Titular de la “UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DEPORTIVO” a la Sra. María Macarena SANCHEZ JEANNEY (D.N.I. N° 36.001.321).

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 53 – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

ARTÍCULO 7º.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Matías Lammens

e. 26/09/2022 N° 76321/22 v. 26/09/2022

Fecha de publicación 26/09/2022