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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 468/2022

Resolución ENRE Nº 468/2022

ACTA Nº 1791

Expediente ENRE Nº EX-2021-1113738-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 22 de septiembre de 2022.

El Señor Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentada por el ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (EPEN) en su carácter de Agente Distribuidor del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), a requerimiento de la AGENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE INVERSIONES DEL NEUQUÉN SOCIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL (ADI-NQN SEP), para el ingreso de su Parque Solar El Alamito (PSEA) con una potencia de 3 MW, ubicado en el Departamento Chos Malal en la Provincia del NEUQUÉN, cuya conexión al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) se realizará en el nivel de 33 kV de la Línea de Media Tensión (LMT) Andacollo - Chos Malal, jurisdicción de EPEN, quien actuará en carácter de Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT). 2.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un AVISO, así como publicar el mismo en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos contados desde la última publicación efectuada a fin de que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o la presentación de un proyecto de acceso alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a una Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 sin que se registre la presentación de oposiciones fundadas en los términos allí establecidos o de proyectos alternativos al analizado, este Ente Nacional procederá a autorizar la solicitud de Acceso referida en el artículo 1. 5.- Hacer saber a EPEN, y/o en su caso ADI-NQN S.E.P., que deberán dar cumplimiento a todos los aspectos técnicos requeridos por el Organismo Encargado del Despacho (OED) expresados en su informe técnico digitalizado como IF-2021-99568854-APN-SD#ENRE, que se notifica junto con esta resolución. 6.- EPEN y ADI-NQN SEP deberán acordar las condiciones en que se realizará la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT). 7.- Notifíquese a EPEN, a ADI-NQN SEP, y a CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.

Gladys Noemí Sanchez, Técnico Profesional, Secretaría del Directorio.

e. 26/09/2022 N° 76557/22 v. 26/09/2022

Fecha de publicación 26/09/2022