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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 477/2022

Resolución RESOL-2022-477-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1791

Expediente EX-2018-26430573-APN-SD#ENRE,

Buenos Aires, 22 de SEPTIEMBRE de 2022

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) efectuada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) para la obra de ampliación consistente en la construcción y montaje de la nueva Subestación (SE) Nº 355 Martínez, de 132/13,2 kV y 2x80 MVA de potencia de transformación, a emplazarse en el partido de San Isidro, Provincia de BUENOS AIRES y su vinculación a los actuales electroductos de 132 kV Nº 633 y Nº 664 que vinculan las Subestaciones (SSEE) Edison y Talar, ambas de EDENOR S.A., mediante un esquema de doble derivación, con DOS (2) secciones de 13,2 kV con acoplamiento longitudinal por cada transformador, totalizando CUATRO (4) secciones y TREINTA Y DOS (32) salidas de 13,2 kV. 2.- Publicar la solicitud mediante un aviso en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar donde la obra se va a realizar o pueda afectar eléctricamente, en el que deberá consignarse que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la última publicación efectuada para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Disponer que, en caso de registrarse oposición fundada que sea común a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada vencido el plazo señalado en el artículo 2, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo con el objeto de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para para la obra de ampliación referida en el artículo 1. 5.- Hacer saber a EDENOR S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias, deberá incorporar en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras involucradas en esta solicitud, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 6.- Hacer saber que las obras involucradas en el artículo 1 deberán cumplir con las Resoluciones ENRE Nº 37 de fecha 10 de febrero de 2010, Nº 129 de fecha 11 de febrero de 2009, Nº 400 de fecha 29 de mayo de 2011, Nº 401 de fecha 23 de noviembre de 2011, Nº 190 de fecha 25 de julio de 2012 y Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013. 7.- Notifíquese a EDENOR S.A., al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la Provincia de BUENOS AIRES, al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA) y a CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello-.

Paula Victoria Sanchez Gomez, Asistente, Secretaría del Directorio.

e. 26/09/2022 N° 76689/22 v. 26/09/2022

Fecha de publicación 26/09/2022