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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1804/2022

RESOL-2022-1804-APN-ENACOM#JGM FECHA 23/9/2022 ACTA 81

EX-2021-108345952-APN-DNFYD#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - APROBAR el proyecto presentado por la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTÍN cuyo beneficiario es la firma MEGALINK S. R. L. en el marco de la Resolución ENACOM N° 1.735/21, y del PROGRAMA DE ACCESO A CONECTIVIDAD PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS. 2 - ADJUDICAR a la firma MEGALINK S. R. L. la suma de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 81.125.976.-), en concepto de Aportes para Infraestructura, para la ejecución del proyecto aprobado en el Artículo precedente. 3 - DESTINAR la suma de hasta PESOS OCHENTA Y UN MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 81.125.976.-), del Fondo Fiduciario del Servicio Universal previsto en la Ley N° 27.078 a la adjudicación indicada en el Artículo precedente. 4 - ESTABLECER que el Modelo de Convenio a suscribir es el registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como anexo de la Resolución ENACOM N° 1.577/2021. 5 - ESTABLECER que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 6 - ESTABLECER que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el punto 8.1, 8.2 y 8.3 de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 7 - ESTABLECER que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá presentar una declaración jurada de haber quedado habilitado ante el Fideicomiso de Administración Argentina Digital. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 8 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 27/09/2022 N° 77015/22 v. 27/09/2022

Fecha de publicación 27/09/2022