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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 950/2022

DECAD-2022-950-APN-JGM - Licitación Pública N° 80-0009-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-17703167-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 766 del 5 de abril de 2022 del MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria a la Licitación Pública N° 80-0009-LPU22 para la adquisición de reactivos para seguimiento y diagnóstico de VIH e ITS, solicitada por la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS de la citada Cartera Ministerial y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente a la citada licitación.

Que del Acta de Apertura de fecha 9 de mayo de 2022 surge la presentación de las ofertas de las firmas MEDI SISTEM S.R.L., WM ARGENTINA S.A., BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L., ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A., CROMOION S.R.L., PRO MED INTERNACIONAL S.A., TECNOLAB S.A., BIOARS S.A., BIODIAGNOSTICO S.A., WIENER LABORATORIOS S.A.I.C.y MONTEBIO S.R.L.

Que del Cuadro Comparativo elaborado en el marco de la citada Acta surge que no se recibieron ofertas para el Renglón 11.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que la GERENCIA DE PRECIOS TESTIGO de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) elaboró el correspondiente Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado mediante la Orden de Trabajo N° 178/22, informando Valores de Referencia para los renglones 4, 6, 7 y 8 en los términos y alcances establecidos por la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que la citada Sindicatura informó que para los renglones 1, 2, 3, 5, 9, 10 y 11 no se detectaron precios de mercado debido a la especificidad de los productos requeridos.

Que la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente informe técnico del cual surge que todas las ofertas se ajustan técnicamente a las Especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD solicitó mejoras de precios a los oferentes MEDI SISTEM S.R.L. y WM ARGENTINA S.A. para el renglón 1, BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L. para el renglón 2, ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A. para los renglones 3, 7 y 10, CROMOION S.R.L. para el renglón 4, PRO MED INTERNACIONAL S.A. para el renglón 5, WIENER LABORATORIOS S.A.I.C. para el renglón 8 y BIODIAGNOSTICO S.A. para el renglón 9.

Que frente a tal requerimiento dichas firmas presentaron una mejora de su cotización para los renglones antes mencionados, con excepción de la firma ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A. para el renglón 3.

Que la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS procedió a realizar la comparación entre el precio mejorado, el precio unitario actualizado por la Comisión Asesora de Precios de Compra de Medicamentos e Insumos Sanitarios a mayo 2022 y el Valor de Referencia informado por la SIGEN en su Orden de Trabajo N° 178/22.

Que, al respecto, la citada Dirección informó que: “…los precios cotizados para los renglones N°1, y Nº 9 se hallan entre un 5,53 % y 8,51 % por encima de los precios unitarios de referencia actualizado al mes de apertura. En el caso del renglón Nº 10 el precio cotizado se encuentra por debajo del precio unitario de referencia actualizado (-1,91 %). Para los renglones Nº 4 y Nº 7 se procedió a comparar el precio mejorado con el Valor Referencial informado por SIGEN, cuyo precio ofertado se encuentran por encima entre 9,45 % y 5,35 % del Valor Referencial” ... “ y que “...En el caso de los renglones Nº 2, Nº 3, Nº 5 y Nº 8, de la comparación que se hizo en el cuadro, surge que los precios cotizados se hallan entre un 27,51 % y un 48,44 % por encima del precio unitario de referencia actualizado”.

Que, en virtud de ello, la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS solicitó continuar con la adquisición de los insumos de los Renglones 1, 4, 7, 9 y 10, y consideró no conveniente proseguir con el trámite de adquisición de los Renglones 2, 3, 5 y 8.

Que, en consecuencia, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES, la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS y la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, todas del MINISTERIO DE SALUD, han prestado conformidad a tal solicitud.

Que la Comisión Evaluadora del citado Ministerio, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones citadas en el Visto, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 8 de agosto de 2022, recomendando la adjudicación de las ofertas válidas y convenientes correspondientes a las firmas: MEDI SISTEM S.R.L. y WM ARGENTINA S.A. para el renglón 1; CROMOION S.R.L. para el renglón 4; BIOARS S.A. para el renglón 6; ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A. para los renglones 7 y 10 y BIODIAGNOSTICO S.A. para el renglón 9.

Que, asimismo, en el citado Dictamen de Evaluación se recomienda desestimar las ofertas de las firmas ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A. para el renglón 3, WIENER LABORATORIOS S.A.I.C. para el renglón 8, BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L. para el renglón 2, PRO MED INTERNACIONAL S.A. para el renglón 5, todas por resultar económicamente inconvenientes, y MONTEBIO S.R.L. para el renglón 10, por modificación del plazo de entrega a SESENTA (60) días.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que, por lo expuesto, corresponde aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública N° 80-0009-LPU22 del MINISTERIO DE SALUD y proceder a la adjudicación de acuerdo a lo recomendado por la Comisión Evaluadora interviniente.

Que, asimismo, es menester declarar desierto el renglón 11 y declarar fracasados los renglones 2, 3, 5 y 8.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas del MINISTERIO DE SALUD, han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y por el artículo 9°, incisos d), e), f) y g) del Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 80-0009-LPU22 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de reactivos para seguimiento y diagnóstico de VIH e ITS.

ARTÍCULO 2°.- Desestímanse las ofertas de las firmas ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A. para el renglón 3, MONTEBIO S.R.L. para el renglón 10, BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L. para el renglón 2, PRO MED INTERNACIONAL S.A. para el renglón 5 y WIENER LABORATORIOS S.A.I.C. para el renglón 8, por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Declárase desierto el renglón 11 y fracasados los renglones 2, 3, 5 y 8 de la Licitación Pública N° 80-0009-LPU22 del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 80-0009-LPU22 a favor de las siguientes firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

MEDI SISTEM S.R.L. (CUIT N° 30-66165826-2): renglón 1 (parcial) por 27.000 unidades por un monto total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($261.252.000).

WM ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-68617257-7): renglón 1 (parcial) por 27.000 unidades por un monto total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL ($261.630.000).

CROMOION S.R.L. (CUIT N° 30-61547465-3): renglón 4 por 76.128 unidades por un monto total de PESOS VEINTE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA ($20.554.560).

BIOARS S.A (CUIT N° 30-68999191-9): renglón 6 por 1720 unidades por un monto total de PESOS SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($7.059.843,20).

ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-65727746-7): renglón 7 por 627.400 unidades por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($244.058.600) y renglón 10 por 250.000 unidades por la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES ($45.000.000), ascendiendo el monto total a la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($ 289.058.600).

BIODIAGNOSTICO S.A. (CUIT N° 30-63927711-5): renglón 9 por 136.400 unidades por un monto total de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA ($ 59.252.160).

ARTÍCULO 5°.- La suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL CIENTO SESENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($ 898.807.163,20) a la que asciende la referida licitación pública se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD para el presente Ejercicio.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD a emitir las pertinentes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de la licitación que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 8°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - E/E Juan Zabaleta

e. 28/09/2022 N° 77808/22 v. 28/09/2022

Fecha de publicación 28/09/2022