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MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decisión Administrativa 945/2022

DECAD-2022-945-APN-JGM - Licitación Pública N° 347-0020-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2022

VISTO el Expediente EX-2022-66778761-APN-DCYC#MSG, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita la Licitación Pública N° 347-0020-LPU22 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, autorizada por la Resolución N° 443 del 11 de julio de 2022 del mencionado organismo, llevada a cabo para la adquisición de equipamiento y servicios para la actualización y fortalecimiento de las infraestructuras de ciberseguridad en las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que, asimismo, por la mencionada Resolución se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas correspondiente a la precitada licitación.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 28 de julio de 2022 surge la presentación de las firmas ACSYS S.A., DATASTAR ARGENTINA S.A., DIVERSITAS S.R.L., ERICNET S.A., NOVARED S.A., SYSTEMSCORP S.A., DAXA ARGENTINA S.A., DATCO S.A. y TECSYSTEM S.R.L.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, en el marco de lo establecido por la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias, ha tomado la intervención de su competencia, manifestando que …”no se proporcionará precio testigo, valor de referencia ni valor indicativo, cuando razones debidamente fundadas impidan o dificulten su elaboración…”, y que “…”toda construcción nueva o reparación de una existente, o trabajo o servicio de industria, independientemente del encuadre jurídico que se dé a dichas contrataciones…”, por lo que este procedimiento se encuentra excluido del Control de Precios Testigo.

Que la Dirección de Investigaciones del Ciberdelito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en su calidad de unidad requirente, emitió el Informe Técnico referido a las ofertas presentadas, en donde se determinó el cumplimiento por parte de estas de las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES del ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO tomó intervención, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley N° 27.437, los artículos 21 a 24 del Anexo al Decreto N° 800/18 y los artículos 12 y 15 de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 91/18 y sus modificaciones.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones, emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 24 de agosto de 2022.

Que por dicho Dictamen se recomendó adjudicar el renglón N° 1 a la firma DATASTAR ARGENTINA S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL (USD 7.473.000); el renglón N° 2, a la firma DAXA ARGENTINA S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL (USD 165.000); el renglón N° 3, a la firma SYSTEMSCORP S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA (USD 145.540); el renglón N° 4, a la firma DIVERSITAS S.R.L. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CINCO MIL (USD 405.000) y el renglón N° 5, a la firma ERICNET S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 50/100 (USD 194.991,50).

Que, por último, recomendó desestimar la oferta de la firma NOVARED S.A. por precio inconveniente a los intereses del organismo.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD informó que no se presentaron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35 del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorias y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 347-0020-LPU22 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, llevada a cabo para la adquisición de equipamiento y servicios para la actualización y fortalecimiento de las infraestructuras de ciberseguridad en las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

ARTÍCULO 2°.- Desestímase la oferta de la firma NOVARED S.A. por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Adjudícase el renglón N° 1 a la firma DATASTAR ARGENTINA S.A. (CUIT 30-70202483-4) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL (USD 7.473.000).

ARTÍCULO 4°.- Adjudícase el renglón N° 2 a la firma DAXA ARGENTINA S.A. (CUIT 30-70724707-6) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL (USD 165.000).

ARTÍCULO 5°.- Adjudícase el renglón N° 3 a la firma SYSTEMSCORP S.A. (CUIT 30-69353257-0) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA (USD 145.540).

ARTÍCULO 6°.- Adjudícase el renglón N° 4 a la firma DIVERSITAS S.R.L. (CUIT 30- 71632727-9) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CINCO MIL (USD 405.000).

ARTÍCULO 7°.- Adjudícase el renglón N° 5 a la firma ERICNET S.A. (CUIT 30- 70839476-5) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 50/100 (USD 194.991,50).

ARTÍCULO 8°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SEGURIDAD a emitir las Órdenes de Compra respectivas.

ARTÍCULO 9°.- Autorízase al Ministro de Seguridad a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes, respecto de la contratación que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 10.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, que asciende a la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO CON 50/100 (USD 8.383.531,50), se imputará con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 11.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Aníbal Domingo Fernández

e. 28/09/2022 N° 77478/22 v. 28/09/2022

Fecha de publicación 28/09/2022