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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ACUERDOS

Decreto 669/2022

DCTO-2022-669-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-58407059-APN-DNRYRT#MT, la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales dependiente de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, homologado por el Decreto N° 973 del 18 de junio de 2008, el Acta Acuerdo de fecha 13 de junio de 2022 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales dependiente del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados y empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06 se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales dependiente del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN (Decreto N° 973/08), conforme surge del Acta Acuerdo de fecha 13 de junio de 2022.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la citada Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, acordaron el texto del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales dependiente del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, el que como Anexo se incorpora a la referida Acta y reemplaza en todos sus términos al aprobado por el Decreto N° 973/08.

Que por la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo citada, las partes expresaron que en el artículo 50 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial mencionado precedentemente se aplicó el porcentaje de incremento acordado por el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General, homologado por Decreto Nº 214/06, sus modificatorios y complementarios, de fecha 30 de mayo de 2022.

Que por la Cláusula Tercera acordaron un régimen de transición para la inmediata aplicación de lo dispuesto en el artículo 53 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aprobado por el Acta citada, con las particularidades y condiciones que allí se detallan.

Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que el mencionado Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la citada Ley Nº 24.185.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención prevista en los artículos 7º, 10 y concordantes de la Ley Nº 24.185.

Que con relación a su vigencia temporal, conforme lo establecido por las partes signatarias y en atención a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Nº 24.185, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial regirá a partir del día siguiente al de su publicación.

Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo 79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES (CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió dictamen sin formular objeción alguna.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tomó la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley Nº 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º - Homológase el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales, concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo de fecha 13 de junio de 2022, que como ANEXO (IF-2022-77240911-APN-DNRYRT#MT) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- La vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales, homologado por el presente, será conforme lo establecido por las partes signatarias.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO a dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/10/2022 N° 79361/22 v. 03/10/2022

Fecha de publicación 03/10/2022