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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 650/2022

RESOL-2022-650-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2022

Visto el expediente EX-2020-53728520-APN-DGD#MEC, la ley 27.556 y los decretos 676 del 15 de agosto de 2020 y 331 del 16 de junio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 1° de la ley 27.556 se dispone, con base en la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, la reestructuración de la deuda del Estado Nacional instrumentada en los títulos públicos denominados en dólares estadounidenses emitidos bajo ley de la República Argentina allí detallados, mediante una operación de canje a ser llevada a cabo con los alcances y en los términos y condiciones detallados en el anexo II de la citada ley.

Que mediante el artículo 4° del decreto 676 del 15 de agosto de 2020, cumpliendo una previsión contenida en la propia ley 27.556, se dispuso la adecuación de los anexos II y III de esa ley, de conformidad con lo establecido en los anexos III (IF-2020-53843596-APN-SSF#MEC) y IV (IF-2020-53843620-APN-SSF#MEC) allí aprobados.

Que a través del artículo 15 del decreto 331 del 16 de junio de 2022 se autoriza al Ministerio de Economía a realizar el reemplazo de los Títulos Elegibles detallados en el anexo I de la ley 27.556 que, al 30 de marzo de 2022, no fueron presentados a la Operación de Reestructuración de deuda bajo Ley Argentina realizada en el marco de la mencionada ley, y se establece que tal reemplazo deberá efectuarse por los Nuevos Títulos emitidos por el artículo 2° de la ley 27.556, cuyas condiciones financieras se encuentran detalladas en el anexo IV del decreto 676/2020.

Que, asimismo, se establece que los tenedores de los Títulos Elegibles recibirán Nuevos Títulos en dólares estadounidenses, excepto para el caso de los Títulos Elegibles vinculados al dólar estadounidense, a los que se les entregará el “BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,00% VTO.2026” (BONCER 2026 2,00%), conforme las relaciones de canje establecidas en el anexo III del decreto 676/2020 y en los términos y condiciones que establezca el Ministerio de Economía.

Que la Oficina Nacional de Crédito Público, la Subsecretaría de Financiamiento, la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, todas de este ministerio, han tomado intervención, propiciando la continuidad de estas actuaciones.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en uso de las atribuciones previstas en el artículo 15 del decreto 331/2022.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “PROCEDIMIENTO PARA EL REEMPLAZO DE LOS CERTIFICADOS GLOBALES DE LOS TÍTULOS ELEGIBLES NO INGRESADOS A LA OPERACIÓN DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA BAJO LEY ARGENTINA”, que como anexo (IF-2022-92098079-APN-SF#MEC) forma parte integrante de esta resolución, a los fines de lo dispuesto en el artículo 15 del decreto 331 del 16 de junio de 2022.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Secretaría de Finanzas, o a la Subsecretaría de Financiamiento, o a la Oficina Nacional de Crédito Público, o a la Dirección de Administración de la Deuda Pública, o a la Dirección de Operaciones de Crédito Público, o a la Dirección de Programación e Información Financiera, o a la Dirección de Análisis del Financiamiento, o a la Coordinación de Títulos Públicos, o a la Coordinación de Emisión de Deuda Interna, a suscribir en forma indistinta la documentación que resulte necesaria para implementar esta medida.

ARTÍCULO 3°.- Esta resolución entrará en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/10/2022 N° 79061/22 v. 03/10/2022

Fecha de publicación 03/10/2022