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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 684/2022

RESOL-2022-684-APN-SSN#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2022

VISTO el Expediente EX-2022-87138762-APN-GA#SSN, la Ley N° 20.091, el Punto 7.7. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), y

CONSIDERANDO:

Que esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN tiene a su cargo, entre otras funciones primarias, el análisis y registración de la información relevante correspondiente a las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Que a efectos de reglamentar cuestiones relativas al Punto 7.7. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN Nº 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), mediante la Circular N° 9970, de fecha 6 de septiembre de 2016, este Organismo implementó el aplicativo informático denominado “Entidades AXIS”, y colocó en cabeza de las entidades aseguradoras y reaseguradoras la obligación de carga de los datos generales de la entidad, accionistas, órganos de administración y fiscalización y alta gerencia.

Que a través de la Resolución RESOL-2019-649-APN-SSN#MHA, de fecha 18 de julio, se discontinuó la obligación impuesta a las entidades aseguradoras y reaseguradoras relativa a dicha carga de información en el aplicativo informático “Entidades AXIS”.

Que por el Informe N° 11/2022, la Unidad de Auditoría Interna de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, recomendó a la Gerencia de Autorizaciones y Registros “Arbitrar los medios necesarios a los fines de que se modifique la normativa vigente y que cada entidad realice la carga de sus propios datos y la Gerencia efectúe posteriormente el control de la misma, modalidad que se llevaba a cabo con anterioridad a la entrada en vigencia de la citada Resolución” –refiere a la RESOL-2019-649-APN-SSN#MHA-.

Que la disponibilidad, certeza y oportunidad de la información contenida en dicho aplicativo resulta de fundamental importancia tanto para el adecuado control a cargo de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN como para la aportación de datos en los ámbitos que lo justifiquen.

Que este Organismo de Control viene generando políticas tendientes a la modernización, innovación y eficiencia de sus procesos con el objeto de optimizar el funcionamiento y control del sector asegurador.

Que, en ese marco, resulta necesario adecuar los procedimientos de registración de datos correspondientes a entidades aseguradoras y reaseguradoras, a efectos de agilizar el proceso de aportación de información, y su posterior registración.

Que las Gerencias de Autorizaciones y Registros y Técnica y Normativa se expidieron en lo atinente a su órbita de competencial.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención en las presentes actuaciones.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades previstas en el Artículo 67 inciso b) de la Ley N° 20.091.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Punto 7.7. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN Nº 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), por el siguiente texto:

“7.7. Sistema de entidades: Datos de entidades, accionistas, órganos de administración, fiscalización y alta gerencia.

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tendrá a su cargo la implementación y actualización permanente de la base de datos generales de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, sus accionistas, órgano de administración y fiscalización y alta gerencia en el sistema informático de registro denominado “Entidades AXIS”.

Cada entidad deberá cargar los datos de los rubros dispuestos en el sistema “Entidades AXIS” ingresando a través del link http://entidades.ssn.gob.ar; a tales efectos, deberán observar los plazos establecidos por la normativa para cada rubro. Será de exclusiva responsabilidad de las aseguradoras/reaseguradoras la veracidad, oportunidad y certeza de la información brindada para actualizar dicho sistema de registro, la cual revestirá el carácter de Declaración Jurada.”.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, las entidades aseguradoras y reaseguradoras deberán solicitar un nuevo usuario a través de la plataforma “Gestión de Usuarios” ingresando a través del link http://seguro2.ssn.gob.ar/gestionusuario. A tal fin, deberán indicar los datos personales de los sujetos autorizados a operar en su representación dentro del sistema “Entidades AXIS”.

ARTÍCULO 3º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del décimo quinto día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Mirta Adriana Guida

e. 03/10/2022 N° 78800/22 v. 03/10/2022

Fecha de publicación 03/10/2022