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Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7615/2022

29/09/2022

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1-1173: Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:

“- Disponer, con vigencia a partir del 1.10.22, que para la determinación del saldo de financiaciones comprendidas para el Cupo 2022/2023 de la “Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME”, las entidades financieras alcanzadas deberán excluir a los depósitos previstos en el punto 3.13.1.2. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”.”

Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 03/10/2022 N° 79036/22 v. 03/10/2022

Fecha de publicación 03/10/2022