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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 1856/2022

RESOL-2022-1856-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 08/10/2022

VISTO el EX-2022-67443940- -APN-DDCYCA#MDS, la Ley N° 27.591 prorrogada por el Decreto N° 822 del 23 de diciembre de 2021; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, los Decretos N° 415 de fecha 30 de junio de 2021 y N° 103 de fecha 2 de marzo de 2022, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53 del 22 de marzo de 2022 y su modificatoria y las Resoluciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 620 del 27 de mayo de 2022 y Nº 1552 del 31 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 415 de fecha 30 de junio de 2021 se homologó el Acta de fecha 26 de mayo de 2021 suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público, por la cual se acordó, como cláusula tercera, elaborar una Propuesta de Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorios, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera.

Que mediante el Decreto N° 103 de fecha 2 de marzo de 2022 se homologó el Acta de fecha 26 de noviembre de 2021 suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial en el marco de la citada Comisión Negociadora, por la cual se acordó, sustituir la cláusula tercera del acta acuerdo de dicha comisión negociadora que había sido homologada por Decreto N° 415/21.

Que mediante el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53 del 22 de marzo de 2022 y modificatoria, se aprobó el “RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”.

Que por Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 620, de fecha 27 de mayo de 2022, se dispuso el inicio del proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, designando en el mismo acto, a los miembros integrantes del Comité de Valoración, y al Secretario Técnico Administrativo pertinentes de la Jurisdicción.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nº 1552 del 31 de agosto de 2022 se le asignó UN (1) grado adicional a partir del primer día del mes siguiente al de la suscripción de la misma a la agente María Eugenia CORA (CUIL 27231827787).

Que la mencionada agente revista actualmente en el Nivel C del Agrupamiento Profesional, Grado 5, Tramo General, del Sistema Nacional de Empleo Público de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se postuló de conformidad con el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para ascender al Nivel B del Agrupamiento Profesional del SINEP.

Que en oportunidad de suscribir el formulario de certificación de cumplimiento de requisitos e identificación del puesto (CE-2022-76744248-APN-DGRRHH#MDS) la unidad a cargo de las acciones de personal considera que, en caso de aprobarse la promoción vertical, la agente deberá ser designada en el puesto de “Analista de Planificación e Implementación de Políticas Públicas” con orientación en Estrategias de Abordaje Territorial de Problemáticas Sociales del Nomenclador de Puestos y Funciones del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que mediante el Acta Nº 2 de fecha 29 de julio de 2022 (IF-2022-78863320-APN-DGRRHH#MDS) el comité de valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito de esta jurisdicción se ha expedido favorablemente respecto del cumplimiento de los requisitos del nivel y agrupamiento al que postulara la agente María Eugenia CORA.

Que de conformidad con las previsiones del artículo 31 del Convenio Colectivo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/2008 y modificatorios, la DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE CAPACIDADES Y CARRERA ADMINISTRATIVA ha determinado que corresponde se asigne a la agente Grado 6 y Tramo General.

Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en consideración de las atribuciones establecidas por la Ley de Ministerios y sus modificatorias, los Decretos N° 503/2021 y N° 103/2022 y la Resolución SGyEP N° 53/2022 y modificatoria.

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, mediante Acta N° 2 (IF-2022-78863320-APN-DGRRHH#MDS), respecto de la postulación de la agente María Eugenia CORA, quien revista actualmente en la Planta Permanente de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en un cargo Nivel C del Agrupamiento Profesional, Grado 5, Tramo General del Sistema Nacional de Empleo Público.

ARTÍCULO 2°.- Dase por promovida al Nivel escalafonario B del Agrupamiento Profesional, Grado 6, Tramo General, a la agente de la Planta Permanente de esta Jurisdicción, María Eugenia CORA (CUIL 27231827787) en el puesto de “Analista de Planificación e Implementación de Políticas Públicas” con orientación en Estrategias de Abordaje Territorial de Problemáticas Sociales del Sistema Nacional de Empleo Público instituido por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°.- Hágase saber a la agente que deberá tomar posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a la notificación de su promoción y que la situación de revista actualizada se hará efectiva a partir de la fecha de posesión de dicho cargo.

ARTÍCULO 4º.- Dispónese que el gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Zabaleta

e. 13/10/2022 N° 81971/22 v. 13/10/2022

Fecha de publicación 13/10/2022