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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN PESQUERA

Disposición 25/2022

DI-2022-25-APN-DNCYFP#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-109893197- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, la Ley Nº 24.922 y sus modificatorias, y la Decisión Administrativa Nº 1.441 de fecha 8 de agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, se establecieron las normas de los procedimientos administrativos que se aplican en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.

Que mediante el Artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 1.441 de fecha 8 de agosto de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que, por medio de la Disposición N° DI-2022-23-APN-DNCYFP#MAGYP de fecha 5 de octubre de 2022 de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se incorporó toda la información, normativa legal vigente y/o instrucciones sobre la organización operativa de la Coordinación de Análisis de Infracciones y Sanciones de la referida Dirección Nacional, detallando de forma acabada el procedimiento administrativo sustanciado para aplicar sanciones del Régimen Federal de Pesca en la instancia administrativa.

Que, en atención a un minucioso análisis del ‘Manual de Procedimiento Administrativo’ de la Coordinación de Análisis de Infracciones y Sanciones de la citada Dirección Nacional, resulta relevante efectuar modificaciones relativas a un ordenamiento del texto aprobado.

Que a raíz de lo expuesto en el considerando precedente, se motiva el ordenamiento y readecuación del “Manual de Procedimiento Administrativo de la Coordinación de Análisis de Infracciones y Sanciones”.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta conforme a las facultades otorgadas por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017 y la Decisión Administrativa N° 1.441 de fecha 8 de agosto de 2020.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN PESQUERA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el “Manual de Procedimiento Administrativo” de la Coordinación de Análisis de Infracciones y Sanciones de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que registrado con el Nº IF-2022-98508229-APN-DNCYFP#MAGYP forma parte integrante de la Disposición N° DI-2022-23-APN-DNCYFP#MAGYP de fecha 5 de octubre de 2022 de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el Anexo registrado con el N° IF-2022-110271808-APN-DNCYFP#MAGYP, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julian Suarez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/10/2022 N° 83767/22 v. 18/10/2022

Fecha de publicación 18/10/2022