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MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 699/2022

RESOL-2022-699-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-95174423- -APN-DGD#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y modificatorias, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, los Decretos N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, N° 547 de fecha 1° de abril de 2016, N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, N° 1098 de fecha 26 de diciembre de 2017 y N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020, las Resoluciones N° 105 de fecha 30 de abril de 2020, N° 483 de fecha 17 de diciembre de 2021 y N° 490 de fecha 21 de diciembre de 2021, todas del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1098 de fecha 26 de diciembre de 2017 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 4265/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Mejora del Ferrocarril General San Martín: Ramal Retiro-Pilar”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS MILLONES (U$S 400.000.000), que como Anexo I (IF-2017-19241349-APN-SSRFI#MF) formó parte integrante de dicha medida.

Que por el artículo 4° de dicho Decreto se designó al MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de su UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (UEC) como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Mejora del Ferrocarril General San Martín: Ramal Retiro-Pilar”, quedando facultado a realizar todas las operaciones y actos necesarios para la ejecución del mismo, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprobó por el artículo 1° del mismo.

Que, en consecuencia, en fecha 20 de febrero de 2018 se suscribió el mencionado Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA, representada por el entonces MINISTERIO DE FINANZAS, y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) relativo al “Proyecto de Mejora del Ferrocarril General San Martín: Ramal Retiro-Pilar”, registrado en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° CONVE-2018-07765161-APN-DDP#MHA.

Que el Proyecto referido tiene por objeto la mejora integral de los servicios del Ferrocarril San Martín, en su traza principal entre Retiro y Pilar, cuyo recorrido se extiende en CINCUENTA Y CUATRO KILÓMETROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTÉSIMAS (54,44 Km).

Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) y modificatorias se establecieron, entre las competencias del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la de ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 creándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE, fijándose sus competencias con la finalidad de asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial, marítimo y a la actividad vial (art. 21); y para ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL (art. 21, inc. 2°);

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) atento el inicio de una nueva gestión de gobierno, a fin de adecuar la organización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL para implementar los objetivos y las políticas de gobierno en cada una de las áreas de gestión.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 establece que los órganos de los tres poderes del Estado determinarán, para cada uno de ellos, los límites cuantitativos y cualitativos mediante los cuales podrán contraer compromisos por sí, o por la competencia específica que asignen, al efecto, a los funcionarios de sus dependencias, y que la reglamentación establecerá la competencia para ordenar pagos y efectuar desembolsos y las habilitaciones para pagar que no estén expresamente establecidas en esa ley.

Que por el artículo 35 inciso h) del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1344/07, de la referida Ley N° 24.156, se establece que, en caso de autorización y aprobación de gastos referidos a recursos provenientes de operaciones o contratos con Organismos Financieros Internacionales, se dará cumplimiento a las normas establecidas en cada contrato de préstamo, y supletoriamente a la legislación local.

Que mediante el Decreto N° 547 de fecha 1° de abril de 2016 se creó la entonces UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (UEC) del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la cual tenía por objeto la gestión y ejecución de programas y/o proyectos financiados total o parcialmente con fuentes de financiamiento externas, entre los cuales se encontraba el “Proyecto de Mejora del Ferrocarril General San Martín: Ramal Retiro-Pilar”.

Que por el Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional comprendidas en el artículo 8° inciso a) de la Ley N° 24.156 que ejecuten programas y proyectos con financiamiento externo, entre otros, a través de las unidades ejecutoras creadas a tal efecto, centralizarán la gestión y ejecución operativa, administrativa, presupuestaria y financiera-contable, comprendiendo las cuestiones fiduciarias y legales, sobre cumplimiento de las cuestiones ambientales y sociales, los procedimientos de contrataciones, como así también la planificación, programación, monitoreo y auditoría de dichos programas y proyectos, a través de sus respectivas Subsecretarías de Coordinación Administrativa o áreas equivalentes, según corresponda.

Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, modificado por su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, así como también los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el referido organigrama.

Que, en lo que a esta jurisdicción respecta, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE tiene los objetivos de entender en la formulación, gestión, coordinación, supervisión, control y ejecución técnica de los planes, programas y proyectos para el mejoramiento del transporte con financiamiento externo, comprendiendo su monitoreo y auditorías técnicas, entre los cuales se encuentra el “Proyecto de Mejora del Ferrocarril Gral. San Martin: Ramal Retiro - Pilar”.

Que por la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE TRANSPORTE y se aprobaron, entre otras, las responsabilidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que en este contexto, mediante Resolución N° 490 de fecha 21 de diciembre de 2021 el MINISTRO DE TRANSPORTE dejó sin efecto el procedimiento correspondiente a la Licitación Pública Internacional N° 1/2017 - “Electrificación de la Línea San Martín: Ramal Retiro - Pilar. Etapa 1”, autorizado por la Resolución N° 1290 de fecha 7 de diciembre de 2017 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en el marco de lo dispuesto en la cláusula 37.1 de la Sección I - Instrucciones a los oferentes - del Pliego de Condiciones Particulares que rige dicho procedimiento.

Que, asimismo, mediante el Artículo N° 1 de la citada Resolución N° 490/21 el MINISTRO DE TRANSPORTE instruyó a la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE a que, conjuntamente con las áreas con competencia en la materia, elaboren un nuevo proyecto de obras atendiendo a las nuevas pautas brindadas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que consecuentemente, mediante Nota N° NO-2022-90437159-APN-DGPYPSYE#MTR de fecha 29 de agosto de 2022 la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES y a la DIRECCIÓN DE MONITOREO Y SUPERVISIÓN TÉCNICA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, ambas dependientes de la citada Dirección General, arbitrar los medios necesarios en el ámbito de sus competencias para instrumentar la tramitación del proceso “Diseño y Construcción de la Obra de Renovación de Vías y Señalamiento del FC Gral. San Martín, Sector Estación Retiro (KM 0.000) a Estación Pilar (KM 56.440)” en el marco del citado Proyecto de Mejora del Ferrocarril General San Martín Ramal Retiro Pilar, Préstamo BID 4265/OC-AR.

Que, en dicho marco, mediante Providencia N° PV-2022-95855732-APN-DMYSTPYPSYE#MTR de fecha 12 de septiembre de 2022 tomó intervención la DIRECCIÓN DE MONITOREO Y SUPERVISIÓN TÉCNICA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, mediante la cual puso a disposición los documentos relativos al proyecto, indicó el plazo de ejecución previsto para la obra, e informó el presupuesto estimado para la misma.

Que, a su vez, mediante las Providencias N° PV-2022-99782109-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha 20 de septiembre de 2022 y su rectificatoria N° PV-2022-106486733-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha 5 de octubre de 2022, tomó intervención la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE indicando que la matriz financiera del Convenio de Préstamo del “Proyecto de Mejora del Ferrocarril General San Martin, ramal– Retiro Pilar” dentro del Componente 1.1 “Obras Electromecánicas, Civiles y Equipos” contempla los fondos necesarios para la contratación de la Obra.

Que, por su parte, a través de las Providencias referidas la citada Dirección manifestó que para la ejecución de este contrato plurianual se solicitó el crédito presupuestario necesario en el ejercicio 2023, el cual se imputara al SAF 327 – Jurisdicción 57 –Programa 67, subprograma 1, Proyecto 20, Obra 51 Inciso 4, partida principal 2, parcial 2, de fuente 22 y fuente 11, y se financiará con recursos del Préstamo BID 4265/OC-AR, cuyo pari pasu acordado es OCHENTA POR CIENTO (80%) fuente 22 y VEINTE POR CIENTO (20%) Tesoro Nacional.

Que el procedimiento de contratación de la obra “Diseño y Construcción de la Obra de Renovación de Vías y Señalamiento del FC Gral. San Martín, Sector Estación Retiro (KM 0.000) a Estación Pilar (KM 56.440)” se llevará a cabo conforme a lo previsto en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” (GN-2349-15), edición del mes mayo de 2019, en orden a lo establecido en el Contrato de Préstamo.

Que, atento ello, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N° NO-2022-104577081-APN-SSGA#MTR de fecha 30 de septiembre de 2022 solicitó al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) su “No objeción” respecto de los Documentos de Licitación para la referida obra e informó que el presupuesto asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($52.061.750.000,00.

Que, consecuentemente, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) mediante nota CSC/CAR-2765/2022 de fecha 05 de octubre de 2022, registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2022-107059206-APN-DAPYPSYE#MTR, otorgó la “No Objeción” a los Documentos de Licitación propuestos correspondientes a la LPI N 1/2022 “Diseño y Construcción de la Obra de Renovación de Vías y Señalamiento del FC Gral. San Martín, Sector Estación Retiro (KM 0.000) a Estación Pilar (KM 56.440)” y al presupuesto estimado de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($52.061.750.000,00).

Que, por tanto, deviene necesario aprobar los Documentos de Licitación, el presupuesto estimado y el llamado a licitación, así como también autorizar la publicación del llamado en relación a la Licitación Pública Internacional N° 01/2022, correspondiente a la Obra “Diseño y Construcción de la Obra de Renovación de Vías y Señalamiento del FC Gral. San Martín, Sector Estación Retiro (KM 0.000) a Estación Pilar (KM 56.440)”.

Que en la evaluación de las ofertas que se presenten con motivo del presente llamado a licitación deberá tomar intervención la Comisión Evaluadora de Ofertas en Proyectos y Programas con Financiamiento externo, creada por la Resolución N° 105 de fecha 30 de abril de 2020, modificada por la Resolución N° 483 de fecha 17 de diciembre de 2021, ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), por el artículo 35 inciso h) del Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 reglamentario de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas del Sector Público Nacional N° 24.156, y por el Decreto N° 1098 de fecha 26 de diciembre de 2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Documento de Licitación correspondiente a la Licitación Pública Internacional N° 01/2022 de la Obra “Diseño y Construcción de la Obra de Renovación de Vías y Señalamiento del FC Gral. San Martín, Sector Estación Retiro (KM 0.000) a Estación Pilar (KM 56.440)”, que como Anexo I (PLIEG-2022-110343892-APN-SSGA#MTR, IF-2022-110348487-APN-SSGA#MTR, IF-2022-110348383-APN-SSGA#MTR, IF-2022-110348226-APN-SSGA#MTR, IF-2022-110348061-APN-SSGA#MTR, IF-2022-110347840-APN-SSGA#MTR) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el presupuesto estimado de la Licitación Pública Internacional N° 01/2022 correspondiente a la Obra “Diseño y Construcción de la Obra de Renovación de Vías y Señalamiento del FC Gral. San Martín, Sector Estación Retiro (KM 0.000) a Estación Pilar (KM 56.440)”, por la suma PESOS CINCUENTA Y DOS MIL SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($52.061.750.000,00), a precios base julio de 2022, impuestos incluidos.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Llamado a Licitación correspondiente a la Licitación Pública Internacional N° 01/2022 de la Obra “Diseño y Construcción de la Obra de Renovación de Vías y Señalamiento del FC Gral. San Martín, Sector Estación Retiro (KM 0.000) a Estación Pilar (KM 56.440)”, cuyo modelo obra como Anexo II (IF-2022-110347801-APN-SSGA#MTR) de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE a efectuar la convocatoria y realizar todos los trámites necesarios para llevar a cabo el procedimiento licitatorio, quedando a cargo de este MINISTERIO DE TRANSPORTE la aprobación y adjudicación de la presente licitación pública.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS EN PROYECTOS Y PROGRAMAS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO creada por la Resolución N° 105 de fecha 30 de abril de 2020 y modificada por Resolución N° 483 de fecha 17 de diciembre de 2021, ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, será la encargada de realizar el análisis de las propuestas que se presenten con motivo del llamado que se aprueba por el artículo 3º de la presente medida.

ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alexis Raúl Guerrera

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/10/2022 N° 83678/22 v. 19/10/2022

Fecha de publicación 19/10/2022