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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 443/2022

RESOL-2022-443-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-56619320- -APN-DGAYF#MAD, la Ley de Ministerios N.º 22.520 (T.O. Decreto N.° 438 del 20 de marzo de 1992), sus modificatorias y complementarias, la Ley General de Ambiente N° 25.675, el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, Ley N° 27.566; la Ley para la implementación de la Educación Ambiental Integral N° 27.621, el Decreto N° 50 del 20 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 262 del 28 de febrero de 2020, la Decisión Administrativa N° 928 del 19 de septiembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley General del Ambiente N° 25.675, entre sus objetivos establece fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión, promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable, a través de una educación ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal.

Que el Acuerdo de Escazú Ley N° 27.566, busca garantizar el acceso a la información, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un ambiente sano y a su desarrollo sostenible.

Que la Ley para la Implementación de la Educación Ambiental Integral N° 27.621 define a la Educación Ambiental Integral (EAI) como un proceso educativo permanente con contenidos temáticos específicos y transversales, que tiene como propósito general la formación de una conciencia ambiental.

Que con el objetivo de promover la educación ambiental integral y observando el cumplimiento de la legislación ambiental, se promueve la creación del Programa “Educación Ambiental de Puertas Abiertas”, en adelante “PROGRAMA”.

Que el desarrollo del PROGRAMA consistirá en una jornada educativa para escuelas, universidades y organizaciones de la sociedad civil, esta jornada se podrá realizar en sus respectivos establecimientos o en la sede del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.

Que los destinatarios del mencionado PROGRAMA serán niñas, niños y adolescentes, grupos escolares, alumnos universitarios y docentes, los conocimientos en la temática ambiental se impartirán a través de la participación en diversas actividades que se determinarán de acuerdo al grado o nivel educativo en que se encuentre cada grupo.

Que, la Dirección Nacional de Educación Ambiental y Participación Ciudadana, dependiente de la Subsecretaria Interjurisdiccional e Interinstitucional, será la responsable de llevar adelante la implementación y ejecución del citado PROGRAMA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención de su competencia.

Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas en la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) modificada mediante el Decreto N.° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello:

El MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Créase el PROGRAMA “Educación Ambiental de Puertas Abiertas” en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA de la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL.

ARTÍCULO 2º.- Apruébense los lineamientos generales y acciones del PROGRAMA “Educación Ambiental de Puertas Abiertas”, que como ANEXO I (IF-2022-71780631-APN-DNEAYPC#MAD) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Apruébese el modelo de “DECLARACIÓN JURADA PARA AUTORIDADES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y ORGANIZACIONES QUE PARTICIPAN EN EL PROGRAMA ‘EDUCACIÓN AMBIENTAL DE PUERTAS ABIERTAS’ MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE”, que como ANEXO II (IF-2022-93124391-APN-DNEAYPC#MAD) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Apruébese el modelo de “AUTORIZACIÓN PADRE/MADRE/TUTOR O ENCARGADO PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA ‘EDUCACIÓN AMBIENTAL DE PUERTAS ABIERTAS’ MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE”, que como ANEXO III (IF-2022-93126353- APN-DNEAYPC#MAD), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°. Los gastos que demanden la presente medida se atenderán con cargo a las partidas presupuestarias del ejercicio 2022, a través de la Fuente de Financiamiento 11 “Tesoro Nacional”, Unidad Ejecutora 317, Programa 62, correspondiente a la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/10/2022 N° 84472/22 v. 20/10/2022

Fecha de publicación 20/10/2022