Edición del
23 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 1073/2022

DECAD-2022-1073-APN-JGM - Licitación Pública N° 95-0039-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-66501410-APN-DCYC#MDS y los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 95-0039-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, autorizada por la Resolución N° 1177 del 9 de agosto de 2022 del mencionado organismo, con el objeto de lograr la adquisición de pan dulce con frutas y pasas de uva y pan dulce sin fruta, destinado a atender a la población en situación de vulnerabilidad durante la celebración de las próximas fiestas de fin de año e integrar la llamada “CANASTA NAVIDEÑA”, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del citado Ministerio.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo mediante Orden de Trabajo N° 458 de fecha 25 de agosto de 2022, informando los Precios Testigo para los renglones de la contratación, en los términos y alcances establecidos en la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 26 de agosto de 2022, en la referida Licitación Pública se presentaron las siguientes firmas: FIRENZE S.R.L., STATE GRID ARGENTINA S.A. y COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A.

Que la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en su carácter de área técnica, elaboró el correspondiente Informe Técnico de las ofertas recibidas, el cual cuenta con la conformidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA de dicho Organismo, en su carácter de Unidad Requirente, en el cual determinó el cumplimiento, por parte de los oferentes, de las Especificaciones Técnicas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 19 de septiembre de 2022, aconsejando adjudicar la Licitación Pública referida a las firmas STATE GRID ARGENTINA S.A., FIRENZE S.R.L. y COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A.

Que conforme lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación, corresponde desestimar la oferta presentada por la firma COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. para el Renglón 1, alternativa 1 y para el Renglón 2, alternativa 1, por no haber presentado la imagen de arte de rótulo, de acuerdo con lo informado por la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación.

Que se ha verificado la existencia de crédito presupuestario suficiente para afrontar el gasto emergente de la referida contratación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus normas modificatorias y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 95-0039-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de lograr la adquisición de pan dulce con frutas y pasas de uva y pan dulce sin fruta, destinado a atender a la población en situación de vulnerabilidad durante la celebración de las próximas fiestas de fin de año e integrar la llamada “CANASTA NAVIDEÑA”, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Desestímase en la Licitación Pública N° 95-0039-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL la oferta presentada por la firma COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70779374-7) para el renglón 1, alternativa 1 y para el renglón 2, alternativa 1, por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 19 de septiembre de 2022.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 95-0039-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a favor de las firmas, por las cantidades, marcas y montos que a continuación se detallan:

STATE GRID ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. Nº 30-71692181-2)

Renglón 1, por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL (400.000) paquetes de pan dulce con frutas con un contenido neto de QUINIENTOS (500) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca DULCOR, cuyo precio unitario es de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($337,99), por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL ($135.196.000).

FIRENZE S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-61542491-5)

Renglón 1, por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL (400.000) paquetes de pan dulce con pasas de uva y frutas confitadas, con un contenido neto de SEISCIENTOS (600) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca FIRENZE, cuyo precio unitario es de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($355), por un monto total de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES ($142.000.000) y Renglón 2 por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL (400.000) paquetes de pan dulce veneciano, con un contenido neto de SEISCIENTOS (600) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca FIRENZE, cuyo precio unitario es de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCO CENTAVOS ($293,05), por un monto total de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL ($117.220.000).

COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70779374-7)

Renglón 1, alternativa 2, por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL (400.000) paquetes de pan dulce con frutas, con un contenido neto de SETECIENTOS (700) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca NEVARES, cuyo precio unitario es de PESOS QUINIENTOS VEINTITRÉS CON SESENTA CENTAVOS ($523,60), por un monto total de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($209.440.000) y Renglón 2, alternativa 2, por la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL (1.600.000) paquetes de pan dulce tipo veneciano, con un contenido neto de SETECIENTOS (700) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca NEVARES, cuyo precio unitario es de PESOS CUATROCIENTOS CINCO CON TREINTA CENTAVOS ($405,30), por un monto total de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($648.480.000).

ARTÍCULO 4º.- Declárase fracasada en la Licitación Pública N° 95-0039-LPU22, para el Renglón Nº 1, la cantidad de OCHOCIENTOS MIL (800.000) paquetes de pan dulce con frutas abrillantadas o confitadas y pasas de uva (pan dulce genovés, milanés o panettone), por no haberse obtenido ofertas válidas, acorde a lo expuesto en el Dictamen de Evaluación de Ofertas.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 6º.- Autorízase a la Ministra de Desarrollo Social a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de la Licitación Pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande la presente medida, que asciende a la suma total de PESOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($1.252.336.000), se imputará con cargo a los créditos específicos del Presupuesto de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 8º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Victoria Tolosa Paz

e. 28/10/2022 N° 87571/22 v. 28/10/2022

Fecha de publicación 28/10/2022