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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

Resolución 724/2022

RESOL-2022-724-APN-MMGYD

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2022

VISTO el Expediente EX-2022-114164216- -APN-CGD#MMGYD, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias, la Resolución MMGyD N° 566/22, y,

CONSIDERANDO:

Que desde la vuelta de la democracia en nuestro país se realizan, de forma ininterrumpida encuentros de mujeres, con el objetivo de debatir, construir su agenda política y organizarse para conquistar derechos.

Que hace al menos 35 años que estos Encuentros se llevan a cabo una vez al año en distintas ciudades de nuestro país y donde se propone un intercambio que permite fortalecer las redes territoriales y a quienes participan construyendo estrategias frente a las desigualdades de género que las atraviesan cotidianamente.

Que de esos espacios de debate han surgido instancias de coordinación del movimiento feminista tales como la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, pioneras en plantear la necesidad de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en nuestro país y protagonistas de la conquista de la Ley N° 27.610.

Que una de las demandas históricas de los Encuentros ha sido la creación de espacios institucionales que permitan crear políticas públicas en materia de género y diversidad, siendo el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD (en adelante, MMGYD) fruto de esas demandas.

Que la Ley N° 23.515 de Divorcio Vincular (1987), la Ley N° 24.012 de Cupo Femenino (1991), la Ley N° 25.673 de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (2002), la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral (2006), la Ley N° 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres (2009), y varias otras legislaciones en materia de género y diversidad fueron gestadas gracias a los debates producidos en esos Encuentros.

Que en el año 2020 debido a la emergencia sanitaria ocasionada por el virus COVID19 no pudo realizarse el 35° Encuentro y por eso este año se ha retomado su organización para poder darle continuidad a estos eventos hacia adelante.

Que en el 34° Encuentro realizado en la ciudad de La Plata en el año 2019 se eligió sede del 35° Encuentro a la ciudad de San Luis, en la provincia de San Luis.

Que se ha confirmado la realización, en la ciudad de San Luis, del 35° Encuentro Nacional de Mujeres convocado para el 19, 20 y 21 de noviembre del 2022.

Que, atendiendo a los compromisos asumidos, este Ministerio tiene un particular y concreto interés en reconocer la importancia que tiene este tipo de espacios de debate para el movimiento feminista y de la diversidad.

Que, por su parte, mediante la Resolución N° 566/2022 de este Ministerio, se creó el “Programa para el fortalecimiento de la participación social y ciudadana en materia de género y diversidad” el cual contempla el apoyo económico para promover la participación federal de las organizaciones sociales y de la sociedad civil en actividades que hayan sido declaradas de interés por el MMGyD y que por lo tanto resulten espacios de importancia social y colectiva en materia de promoción de los derechos de las mujeres y LGBTI+.

Que en la mencionada Resolución se establecen los lineamientos generales, requisitos de elegibilidad, el procedimiento administrativo, modelo de nota para solicitar el apoyo económico y la declaración jurada a firmar por las organizaciones sociales solicitantes.

Que, para que las organizaciones sociales puedan postular al otorgamiento de un apoyo económico es necesario que la actividad y/o encuentro sea declarada de interés por parte del MMGYD (cfr. Anexo III del PROGRAMA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y CIUDADANA EN MATERIA DE GÉNERO Y DIVERSIDAD” (IF-2022-74422552-APN-UGA#MMGYD) mediante una Resolución donde se determinarán los rubros a financiar, las fechas de inscripción al Programa y los plazos para la ejecución a los efectos de la rendición de cuentas.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en los artículos 23 ter, apartado 7 °, y 4, inciso b), punto 6 de la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de interés el 35° Encuentro Nacional de Mujeres, a celebrarse en la ciudad de San Luis, convocado para el 19, 20 y 21 de noviembre del 2022.

ARTÍCULO 2º.- Determínase que el/los apoyos otorgados a las organizaciones con personería jurídica podrán ser destinados a los rubros detallados a continuación: a) traslados terrestres dentro del territorio argentino para garantizar la asistencia de integrantes de la organización social a las actividades, eventos o encuentros referidos; y b) insumos de comunicación, difusión y/o folletería vinculados exclusivamente con la organización y participación de la organización social en las actividades, eventos o encuentros referidos.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que se podrán presentar solicitudes de apoyo económico, conforme lo establecido en el Anexo II “Requisitos de Elegibilidad del PROGRAMA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y CIUDADANA EN MATERIA DE GÉNERO Y DIVERSIDAD” (IF-2022-68676368-APN-UGA#MMGYD) hasta el día 4 de noviembre de 2022 a las 12:00 horas; y deberán ser dirigidas, por correo electrónico, a meys@mingeneros.gob.ar

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el plazo de ejecución comenzará a computarse a partir del día hábil siguiente a la notificación del acto administrativo que otorga el apoyo económico.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que la fecha límite para la ejecución del gasto será hasta DIEZ (10) días hábiles posteriores a la finalización de la actividad para la cual se solicitó el apoyo económico.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ximena Ayelén Mazzina Guiñazú

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/10/2022 N° 87443/22 v. 28/10/2022

Fecha de publicación 28/10/2022