AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 610/2022
RESOL-2022-610-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2022
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la solicitud de Permiso Individual para el Propósito “8.8.1 Investigación y Docencia” presentada por el DOCTOR Emiliano César Cayetano POZZI, lo actuado en el Expediente N° 07172-IN, Actuación 1/22 y en el Expediente Electrónico N° 98200096/22 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16 Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que el DOCTOR Emiliano César Cayetano POZZI ha presentado a esta ARN la solicitud de su Permiso Individual para el Propósito “8.8.1 Investigación y Docencia”.
Que, conforme surge del Estado de Deuda referenciado en el Documento Electrónico Informe N° 98452101/22 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, se adeudan las facturas N° 0001-00062242, N° 0001-00060177, N° 0001-00052035 y N° 0001-00056591.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.
Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó mediante Nota N° 95976533/22 de la GERENCIA GENERAL que se autorice, con carácter de excepción, la prosecución del trámite de solicitud del DOCTOR Emiliano César Cayetano POZZI debido a que se encuentra demorado el pago de las facturas correspondientes a la tasa regulatoria y que la emisión del Permiso Individual del DOCTOR POZZI era un requisito imprescindible para ejercer la responsabilidad por la seguridad radiológica de las prácticas que se proyectan llevar a cabo en las futuras instalaciones del LABORATORIO NACIONAL DE IMAGENOLOGÍA PRECLÍNICA (LANAIP) y para iniciar el proceso de licenciamiento de la instalación ante la ARN. Asimismo, que la puesta en marcha de este laboratorio permitirá ofrecer cobertura regional y nacional en imagenología en su tipo, facilitando la realización de estudios traslacionales con radiofármacos como agentes diagnósticos y terapéuticos y, además, permitirá contribuir a la investigación en modelos de cáncer, enfermedades infecciosas y neurológicas y el desarrollo de nuevos radiofármacos, nanomedicina y nuevas aplicaciones de radiofármacos existentes y la formación de recursos humanos al servicio de la salud.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS recomienda dar curso favorable, con carácter de excepción, al trámite de solicitud de Permiso Individual, permitiendo que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del Permiso Individual por cuanto ha verificado que el solicitante posee la formación, la capacitación y el entrenamiento requeridos para la obtención del citado permiso siendo, además, de interés público el otorgamiento del Permiso Individual solicitado, a fin de no perjudicar el correcto funcionamiento del LABORATORIO NACIONAL DE IMAGENOLOGÍA PRECLÍNICA (LANAIP) de la CNEA.
Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 8/22, Listado 997, Aplicaciones Médicas, recomendó dar curso favorable al trámite mencionado.
Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 26 de octubre de 2022 (Acta N° 42),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la solicitud de Permiso Individual al DOCTOR Emiliano César Cayetano POZZI de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA para el Propósito “8.8.1 Investigación y Docencia”, correspondiente a la Reunión del CAAR N° 8/22, Listado 997, Aplicaciones Médicas, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y notifíquese al DOCTOR Emiliano César Cayetano POZZI. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Agustin Arbor Gonzalez
e. 03/11/2022 N° 89183/22 v. 03/11/2022
Fecha de publicación 03/11/2022