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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 217/2022

DI-2022-217-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-01950490--AFIP-SDGADF, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición N° 297 (AFIP) del 11 de junio de 2003 se aprobó el “Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la AFIP”.

Que el inciso 6) del artículo 58 del Anexo de la citada disposición, regula la recepción definitiva de bienes o de la prestación de servicios, estableciendo que la máxima autoridad -por sí o por delegación-, designará a los responsables de la certificación de la citada recepción.

Que, en igual sentido, se establece en dicho inciso que, en el caso de conformarse una comisión, la misma deberá estar integrada por TRES (3) miembros designados de igual forma que los integrantes de la Comisión Evaluadora, con la única limitación de que dicha designación no deberá recaer en quienes hayan intervenido en el procedimiento de contratación respectivo.

Que, asimismo, a través de la Disposición Nº 525 (AFIP) del 16 de octubre de 2009 se aprobó el reglamento de la Comisión de Recepción Definitiva y el procedimiento para la conformidad de servicios, locaciones y obras públicas.

Que atento el tiempo transcurrido desde su dictado y teniendo en cuenta la experiencia recogida en la materia, resulta necesario sustituir la Disposición N° 525/09 (AFIP), con el fin de dotar al procedimiento de mayor agilidad y eficiencia resguardando el principio de transparencia y los mecanismos de control.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Administración Financiera y Recursos Humanos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

El ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Establecer que en cada unidad con capacidad de contratación funcionará una Comisión de Recepción Definitiva, cuya integración y funcionamiento se regirán por lo establecido en el reglamento que como Anexo (IF-2022-02003806-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Abrogar la Disposición Nº 525 (AFIP) del 16 de octubre de 2009.

ARTÍCULO 3º.- Encomendar a la Subdirección General de Administración Financiera la emisión de las normas reglamentarias e interpretativas que fueran necesarias para la aplicación de esta disposición.

ARTÍCULO 4º.- Esta norma entrará en vigencia a partir de los DIEZ (10) días corridos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Carlos Daniel Castagneto

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/11/2022 N° 89351/22 v. 03/11/2022

Fecha de publicación 03/11/2022