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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 614/2022

RESOL-2022-614-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2022

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico EX-2022-53716451 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”, Revisión 3, el régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección aprobado mediante Resolución ARN N° 76/08, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”, Revisión 3 establece los criterios de seguridad radiológica para el transporte de materiales radiactivos.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta ARN la renovación del Certificado de Aprobación RA/0106/AF-96, para el diseño de un bulto del Tipo A para contenido de sustancias fisionables, modelo denominado Bulto de Transporte Individual (BTI-1), para transporte de compuestos de uranio en forma sólida, con enriquecimiento menor al 20 % en U-235.

Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO ha tomado en el trámite la intervención que le compete, manifestando que la institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Norma AR 10.16.1.

Que la SUBGERENCIA CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA ha tomado en el trámite la intervención que le compete, recomendando la continuidad del trámite.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha prestado su conformidad a la aprobación de la renovación del Certificado de Aprobación RA/0106/AF-96, de diseño de bulto del Tipo A para contenido de sustancias fisionables en forma sólida, correspondiente al modelo denominado BTI-1, solicitado por la CNEA.

Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.804, su decreto reglamentario y el régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección aprobado mediante Resolución ARN N° 76/08, las personas físicas o jurídicas que soliciten la revisión del certificado de aprobación para el diseño de un bulto del Tipo A para contenido de sustancias fisionables deberán abonar por adelantado la correspondiente tasa regulatoria por licenciamiento e inspección.

Que la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN informó que la CNEA registra deuda en concepto de pago de tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un Certificado de Aprobación para el transporte de material radiactivo a un usuario que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva a una excepción a lo dispuesto en la citada normativa que se debe fundar en razones de oportunidad, mérito o conveniencia.

Que, a través de la Nota N° 95976886/22 de la GERENCIA GENERAL, la CNEA solicitó la prosecución del trámite en carácter de excepción y manifestó que el bulto BTI-1 RA/0106/AF-96 es utilizado para el transporte de elementos Combustibles, placas combustibles tipo MTR, y blancos de irradiación (plaquitas planas) con un enriquecimiento menor al 20%, siendo primordial que la CNEA cuente con un Bulto de Transporte de estas características para asegurar el suministro de blancos de irradiación para la manufactura en la producción nacional de Mo-99.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado del presente acto, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a) de la Ley 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 26 de octubre de 2022 (Acta N° 42),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.-Otorgar la renovación del Certificado de Aprobación RA/0106/AF-96, Revisión 1, para el diseño de un bulto del Tipo A para contenido de sustancias fisionables, modelo denominado Bulto de Transporte Individual (BTI-1), para transporte de compuestos de uranio en forma sólida, con enriquecimiento menor al 20 % en U-235, solicitado por CNEA, con vigencia desde la aprobación de la presente hasta el 30 de septiembre de 2027. Autorícese que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del certificado de aprobación citado, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Gírese copia al Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO y notifíquese de la presente resolución a CNEA. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

e. 04/11/2022 N° 89633/22 v. 04/11/2022

Fecha de publicación 04/11/2022