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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 745/2022

RESOL-2022-745-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 04/11/2022

VISTO el Expediente EX-2022-112042124- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y 549 del 19 de agosto de 2022.

CONSIDERANDO:

Que, ante el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 1 DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL CHILECITO, Provincia de LA RIOJA, a cargo del Doctor Alberto Marcelo CARRIZO, tramita el Expediente Nº 40.150 “A” 2018, caratulado “ACOSTA OSCAR ALBERTO PSA DE DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL”.

Que, el titular del mencionado JUZGADO, solicitó a la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de este Ministerio mediante oficio de fecha 08 de septiembre de 2022, se ofrezca una recompensa destinada a aquellas personas que, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del imputado y procesado Oscar Alberto ACOSTA, argentino, titular del D.N.I. N° 34.242.540, soltero, hijo de Antonio Santos ACOSTA, de ocupación finquero con domicilio en la Provincia de TUCUMAN y de Ramona Estela PARADI, ama de casa con domicilio igual al imputado y/o en PATQUIA, Provincia de LA RIOJA, que al momento del hecho investigado, ACOSTA era vendedor ambulante, con ultimo domicilio conocido en Calle Domingo Faustino Sarmiento, Barrio Los Dorados Norte Nº 9030, de Chilecito LA RIOJA, habiendo sido visto por última vez en la Provincia de MENDOZA y/o NEUQUEN.

Que, el mencionado ACOSTA, se encuentra imputado y procesado como supuesto autor del delito de abuso sexual con acceso carnal (Art 119 tercer párrafo del C.P.A.) en perjuicio de la menor de edad D.Y.P.C, ante denuncia formulada por la Señora Antonia Esther CARRIZO, pesando sobre el nombrado orden de captura nacional desde el día 24 de noviembre de 2021.

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022 el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA” pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este Organismo.

Que, han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que, la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), destinada a aquellas personas que, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del imputado Oscar Alberto ACOSTA, argentino, titular del D.N.I. N° 34.242.540, sobre quien pesa orden de captura nacional desde el día 24 de noviembre de 2021.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2022-112237890-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/11/2022 N° 90566/22 v. 08/11/2022

Fecha de publicación 08/11/2022