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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 556/2022

ACTA N° 1797

Expediente ENRE N° EX-2019-82967496- -APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 2 DE NOVIEMBRE DE 2022

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad a la solicitud de acceso a la capacidad de transporte existente presentada por EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESAL S.A.), a requerimiento de DIASER SOCIEDAD ANÓNIMA (DIASER S.A.), para vincular el Parque Solar Fotovoltaico La Cumbre III (PSLC III) de 10 MW en la red de 33 kV de EDESAL S.A. de la Provincia de San Luis. 2.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación del Acceso referido en el artículo 1 de este Acto en su la página Web, como así también, hacer igual publicación en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días. Así también, otorgar un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente de la última publicación, para que: quién lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo, por escrito, ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que existir presentaciones fundadas, comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente Acto, sin que se registre presentación de oposiciones fundadas en los términos allí establecidos o proyectos alternativos al analizado, este Ente Nacional procederá a emitir un acto administrativo autorizando el Acceso referido en el artículo 1. 5.- EDESAL S.A. y DIASER S.A. deberán establecer las condiciones en que se realizará la prestación técnica de transporte. 6.- Notifíquese a DIASER S.A., EDESAL S.A., y CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente administrativa, Secretaria del Directorio.

e. 09/11/2022 N° 90865/22 v. 09/11/2022

Fecha de publicación 09/11/2022