MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 755/2022
RESOL-2022-755-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-109694383- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y Resolución del Ministerio de Seguridad 549/2022 de fecha 19 de agosto de 2022.
CONSIDERANDO:
Que ante la OFICINA ÚNICA DEL MINISTERIO PUBLICA FISCAL, DE LA IV CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, tramita el legajo de investigación fiscal N° 5607, caratulado “MPF C/FERNANDEZ, RAFAEL MARIO S/ABUSOS SEXUAL AGRAVADO”.
Que la mencionada OFICINA ÚNICA, mediante Oficio de fecha 04 de octubre de 2022, solicitó a este MINISTERIO SEGURIDAD DE LA NACION, se ofrezca una recompensa, destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Rafael Mario FERNANDEZ, argentino titular del D.N.I. N° 28.599.712, soltero, nacido el 1 de marzo de 1981, con ultimo domicilio conocido en calle Las Malvinas N° 512 Santa Isabel provincia de LA PAMPA, sobre quien pesa orden de captura nacional e internacional desde el día 20 de septiembre del 2022.
Que el nombrado FERNANDEZ, se lo considera autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por la guarda como delito continuado y abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda, ambos en concurso real.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022 el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este Organismo.
Que, han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que, la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Rafael Mario FERNANDEZ, argentino titular del D.N.I. N° 28.599.712, sobre quien pesa orden de captura nacional e internacional desde el día 20 de septiembre del 2022.
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL RECOMPENSAS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como (IF-2022-109716882-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/11/2022 N° 91670/22 v. 10/11/2022
Fecha de publicación 10/11/2022