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MINISTERIO DEL INTERIOR

Decisión Administrativa 1140/2022

DECAD-2022-1140-APN-JGM - Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0020-LPU21.

Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-114979498-APN-DCYS#MI, los Decretos Nros 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0020-LPU21 para la contratación de los servicios de limpieza y recolección de residuos para el Centro de Frontera San Sebastián, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR; el Centro de Frontera Pino Hachado, Provincia del NEUQUÉN; el Centro de Frontera Cardenal Samoré, Provincia del NEUQUÉN; el Centro de Frontera “Integración Austral”, Provincia de SANTA CRUZ; el Centro de Frontera Posadas, Provincia de MISIONES y el Centro de Frontera Iguazú-Foz de Iguazú, Provincia de MISIONES; servicios de limpieza para el Centro de Frontera Paso de los Libres, Provincia de CORRIENTES; el área de control integrado “Ingeniero Roque Carranza” -Los Horcones-, Provincia de MENDOZA y el área de control integrado de cargas Uspallata, Provincia de MENDOZA; servicios de fumigación para el Centro de Frontera Paso de los Libres, Provincia de CORRIENTES y el Centro de Frontera San Sebastián, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR; servicio de desmalezado, mantenimiento, conservación y limpieza de los sectores parquizados y jardines para el Centro de Frontera Iguazú- Foz de Iguazú, Provincia de MISIONES; por un período de DOCE (12) meses con opción a prórroga por igual período o fracción menor.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR N° 24 de fecha 4 de marzo de 2022 se autorizó el llamado de la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0020-LPU21 para la contratación de los servicios en cuestión, aprobándose, asimismo, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que se han emitido las Circulares Nros. 1, 2, 3, 4, 5 y 6 al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las cuales fueron difundidas y comunicadas conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN manifestó la imposibilidad material de ese Organismo de determinar Precios Testigo bajo las particulares condiciones del referido procedimiento de selección “…de acuerdo a lo establecido en el Art. 4° del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 36 E/2017, que establece “no se proporcionará precio testigo, valor de referencia ni valor indicativo, cuando razones debidamente fundadas impidan o dificulten su elaboración”.

Que del Acta de Apertura de Ofertas de fecha 4 de abril de 2022 se recepcionaron DIECISÉIS (16) ofertas correspondientes a las firmas: ROBERTO CARLOS VALVERDE, TDV S.R.L., GLOSYC S.R.L., PULIZIA S.R.L., COOPERATIVA DE TRABAJO GALBACOOP LIMITADA, RABADAN S.A., SUMAJET S.A., SECURITY EMPRESARIALES S.R.L., ECOCLEAN S.A.S., MARÍA ESTHER GONZÁLEZ, LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A., CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H., VANICA SERVICIOS S.A., GRUB S.A., MARTÍN JORGE DUNEZAT y EZCA SERVICIOS GENERALES S.A.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS TÉCNICOS DE FRONTERA del MINISTERIO DEL INTERIOR efectuó el correspondiente Informe Técnico.

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas procedió a emitir el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 9 de agosto de 2022, mediante el cual se aconseja adjudicar el renglón N° 1 a la firma MARÍA ESTHER GONZÁLEZ, el renglón N° 2 a la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H., los renglones Nros. 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11 y 12 a la firma EZCA SERVICIOS GENERALES S.A. y el renglón N° 9 a la firma ECOCLEAN S.A.S., por ser sus ofertas admisibles y económicamente convenientes.

Que, a su vez, se aconsejó la desestimación de las ofertas de las firmas SUMAJET S.A. y GLOSYC S.R.L. por ser administrativamente inadmisibles, PULIZIA S.R.L. por ser técnicamente inadmisible, COOPERATIVA DE TRABAJO GALBACOOP LTDA, RABADAN S.A., TDV S.R.L. y ROBERTO CARLOS VALVERDE por ser administrativa y técnicamente inadmisibles.

Que, a su vez, se aconsejó la exclusión del orden de mérito de las ofertas de las firmas VANICA SERVICIOS S.A. correspondiente a los renglones N° 2 y N° 7; EZCA SERVICIOS GENERALES S.A. correspondiente al renglón N° 2; LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. para los renglones N° 10 y N° 11 por ser las mismas económicamente inconvenientes y SECURITY EMPRESARIALES S.R.L. por presentar en tiempo y forma el no mantenimiento de la oferta.

Que el Dictamen de Evaluación de Ofertas fue fehacientemente notificado, de conformidad a lo prescripto por el artículo 72 del Anexo del Decreto N° 1030/16, sin recibir impugnaciones.

Que se ha verificado la existencia de crédito presupuestario suficiente para atender la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0020-LPU21 del MINISTERIO DEL INTERIOR para la contratación de los servicios de limpieza y recolección de residuos para el Centro de Frontera San Sebastián, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR; el Centro de Frontera Pino Hachado, Provincia del NEUQUÉN; el Centro de Frontera Cardenal Samoré, Provincia del NEUQUÉN; el Centro de Frontera “Integración Austral”, Provincia de SANTA CRUZ; el Centro de Frontera Posadas, Provincia de MISIONES y el Centro de Frontera Iguazú-Foz de Iguazú, Provincia de MISIONES; servicios de limpieza para el Centro de Frontera Paso de los Libres, Provincia de CORRIENTES; el área de control integrado “Ingeniero Roque Carranza” -Los Horcones-, Provincia de MENDOZA y el área de control integrado de cargas Uspallata, Provincia de MENDOZA; servicios de fumigación para el Centro de Frontera Paso de los Libres, Provincia de CORRIENTES y el Centro de Frontera San Sebastián, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR; servicio de desmalezado, mantenimiento, conservación y limpieza de los sectores parquizados y jardines para el Centro de Frontera Iguazú- Foz de Iguazú, Provincia de MISIONES, por un período de DOCE (12) meses con opción a prórroga por igual período o fracción menor.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0020-LPU21 a las firmas y por los renglones y montos que se detallan a continuación: EZCA SERVICIOS GENERALES S.A., renglones Nros. 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11 y 12 por un monto total de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ($217.134.600), MARÍA ESTHER GONZÁLEZ, renglón N° 1 por un monto total de PESOS VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($27.240.000), CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H., renglón N° 2 por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y OCHO ($345.048) y ECOCLEAN S.A.S., renglón N° 9 por un monto total de PESOS VEINTIDÓS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINCE CON 56/100 ($22.294.015,56), por cumplir con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por ser sus ofertas admisibles y económicamente convenientes.

ARTÍCULO 3°.- Exclúyense del orden de mérito de la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0020-LPU21 las ofertas de las firmas: VANICA SERVICIOS S.A. correspondiente a los renglones N° 2 y N° 7, EZCA SERVICIOS GENERALES S.A. correspondiente al renglón N° 2 y LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. para los renglones N° 10 y N° 11 por ser las mismas económicamente inconvenientes y SECURITY EMPRESARIALES S.R.L. por presentar en tiempo y forma el no mantenimiento de la oferta.

ARTÍCULO 4°.- Desestímanse las ofertas de las firmas: SUMAJET S.A. y GLOSYC S.R.L. por ser administrativamente inadmisibles; PULIZIA S.R.L. por ser técnicamente inadmisible, COOPERATIVA DE TRABAJO GALBACOOP LTDA, RABADAN S.A., TDV S.R.L. y ROBERTO CARLOS VALVERDE por ser administrativa y técnicamente inadmisibles.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la Dirección de Compras y Suministros de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase al Ministro del Interior a aprobar la ampliación, disminución, prórroga, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de la Licitación que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande la presente medida, que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRECE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($267.013.663,56), se imputará con cargo a los créditos específicos de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR para los Ejercicios 2022 y 2023.

ARTÍCULO 8°.- Hágase saber que contra la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Eduardo Enrique de Pedro

e. 11/11/2022 N° 92381/22 v. 11/11/2022

Fecha de publicación 11/11/2022