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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA LA QUIACA

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentren en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica que podrán dentro del plazo de DIEZ (10) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el SERVICIO ADUANERO, procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2º, 3º, 4º y 5º de la LEY 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en DIVISION ADUANA DE LA QUIACA, AV. LAMADIRD Nº 555, PROVINCIA DE JUJUY.

Firmado: Ing. Augusto Nelson IBARRA Jefe Seccion Inspeccion Operativa a/c Division Aduana La Quiaca.

NRO DENUNCIANRO SIGEAMERCADERIA
1624/202217696 - 897 - 2022(1,00) ANAFE A GAS X 3 HORNALLAS
49/202117696 - 48 - 2021(2) CAJA DE DESODORANTE DE AMBIENTE X 6 UNID.DE 360ML. C/U.
58/202117696 - 57 - 2021(3,00) CAJA DE DESODORANTE DE AMBIENTE X 6 UNID.DE 360ML. C/U.

Sebastián Héctor Bruno Valdez, Jefe de Sección, Sección Sumarios.

e. 23/11/2022 N° 95310/22 v. 23/11/2022

Fecha de publicación 23/11/2022