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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Y SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD

Resolución Conjunta 10/2022

RESFC-2022-10-APN-SCS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-85919116- -APN-DLEAIER#ANMAT; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta Nº RESFC-2020-3-APN-SCS#MS de fecha 19 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD y de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA N° 3 se modifica el Artículo 1381 del Código Alimentario Argentino (CAA).

Que las autoridades sanitarias consideran pertinente establecer un plazo de adecuación adicional de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos para la implementación del Artículo 1381, considerando que la modificación de la citada Resolución Conjunta N° RESFC-2020-3-APN-SCS#MSaplica en su gran medida a la totalidad de los suplementos dietarios autorizados en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA).

Que en el proyecto de resolución conjunta tomó intervención el Consejo Asesor de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) y se sometió a la consulta pública.

Que la CONAL ha evaluado los antecedentes y se ha expedido favorablemente.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de los organismos involucrados han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 815 de fecha 26 de julio de 1999; 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Y

EL SECRETARIO DE CALIDAD EN SALUD

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días el plazo de adecuación previsto en la Resolución Conjunta Nº RESFC-2020-3-APN-SCS#MS de fecha 19 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD y de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA que modifica el Artículo 1381 del Código Alimentario Argentino (CAA).

ARTÍCULO 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y surtirá efecto a partir del vencimiento del plazo al que se refiere el Artículo 4º de la Resolución Conjunta de la Nº RESFC-2020-3-APN-SCS#MS de fecha 19 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD y de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Jose Bahillo - Alejandro Federico Collia

e. 01/12/2022 N° 98134/22 v. 01/12/2022

Fecha de publicación 01/12/2022