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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 619/2022

Resolución ENRE N° 619/2022

ACTA N° 1802

Expediente ENRE N° EX-2018-46073821-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud Acceso a Capacidad de Transporte Existente y de Ampliación del Sistema de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), a requerimiento de la empresa LUZ DE TRES PICOS SOCIEDAD ANÓNIMA (LUZ DE TRES PICOS S.A.), para la Etapa 1 del Parque Eólico Vivoratá, consistente en la instalación de ONCE (11) aerogeneradores con una potencia total de 50MW a conectarse en la Estación Transformadora (ET) Vivoratá, bajo jurisdicción de TRANSENER, mediante la construcción de un nuevo campo de 132kV. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de esta resolución se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), solicitando a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) haga lo propio en su portal de Internet, por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, fijando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados a partir del día siguiente de la última publicación efectuada, para que quién considere que la solicitud en cuestión pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos o, en el caso del acceso, presente un proyecto alternativo que produzca una optimización del funcionamiento técnicoeconómico del SADI, plantee su oposición fundada, por escrito, ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios o, respecto del Acceso, la presentación de un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a una Audiencia Pública para recibirlas las mismas y permitir al solicitante exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados o, para el caso del Acceso, proyecto alternativo a del solicitante, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo autorizando el Acceso a la Capacidad de Transporte Existente y otorgando el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra mencionada en el artículo 1 de esta resolución. 5.- La empresa LUZ DE TRES PICOS S.A. deberá dar cumplimiento a las observaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y TRANSENER S.A. conforme lo indicado en sus respectivos Informes Técnicos, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6 - Notificar a TRANSENER S.A., a LUZ DE TRES PICOS S.A. y a CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.

e. 02/12/2022 N° 99043/22 v. 02/12/2022

Fecha de publicación 02/12/2022