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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 9703/2022

DI-2022-9703-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2022

VISTO el EX-2022-95376976- APN-DGA#ANMAT, la Decisión Administrativa N° 641 del 25 de junio de 2021 y la Disposición N° 1 del 14 de febrero de 2022 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; y

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Decisión Administrativa Nº 641/2021, se aprobaron los “REQUISITOS MÍNIMOS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN PARA LOS ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL”, que son aplicables a todas las entidades y jurisdicciones comprendidas en el inc. a) del art. 8° de la ley N° 24.156.

Que, a los fines de optimizar las herramientas de protección de los activos y recursos de información de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, la tecnología utilizada para su procesamiento, y dar acabado cumplimiento con la norma referida, deviene necesario y a los fines del cumplimiento de los requisitos de seguridad, se apruebe una Política de Seguridad de la Información.

Que, conforme lo establece el artículo 6° de la decisión administrativa antes mencionada, se deberán adoptar las medidas preventivas, detectivas y correctivas destinadas a proteger la información.

Que a través de la Disposición N° 1/ 2022 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el “MODELO REFERENCIAL DE POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN”.

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 5° de la DecisiónAdministrativa N° 641/21, oportunamente, se informó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD, mediante NO-2021-70972143-APN-ANMAT#MS, la asignación de las funciones relativas a la Seguridad de los Sistemas de Información de esta Administración.

Que, en dicho marco, la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN elaboró la “POLITICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN DE ESTA ADMINISTRACIÓN NACIONAL” conforme IF-2022-107945503-APN-DGA#ANMAT.

Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la “POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN” de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA que, como anexo IF-2022-107945503-APN-DGA#ANMAT, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Ténganse por asignadas las funciones relativas a la Seguridad de los Sistemas de Información a la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, de conformidad con lo informado a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º de la Decisión Administrativa N° 641/2021.

ARTÍCULO 3°.-Notifíquese la presente al personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. Comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 4°.-Publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Dése a la Dirección General de Administración y a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de lo previsto en el artículo 3°. Archívese.

Manuel Limeres

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/12/2022 N° 98953/22 v. 02/12/2022

Fecha de publicación 02/12/2022