MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 1217/2022
DECAD-2022-1217-APN-JGM - Transfiérese agente.
Ciudad de Buenos Aires, 02/12/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-94035297-APN-DGGRH#MT, la Ley N° 25.164 y los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, y 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia de la agente de la planta permanente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Julieta Lucía SENEGA, quien revista en UN (1) cargo Nivel D - Grado 6, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que dicha transferencia se fundamenta en que la referida agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.
Que la presente transferencia no implica menoscabo moral ni económico para la agente mencionada quien ha prestado su conformidad a la transferencia.
Que han tomado intervención los servicios jurídicos permanentes de las Jurisdicciones involucradas.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Transfiérese, a partir de la fecha del dictado de la presente medida, de la planta permanente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a la agente Julieta Lucía SENEGA (D.N.I. N° 35.229.800) quien revista en UN (1) cargo de la planta permanente, Nivel D - Grado 6, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con su respectivo cargo y nivel escalafonario.
ARTÍCULO 2°.- La agente transferida por el artículo 1° de la presente decisión administrativa mantendrá su actual Nivel, Grado, Agrupamiento y Tramo de revista alcanzados en su carrera administrativa.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1° de la presente medida se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Raquel Cecilia Kismer - Victoria Tolosa Paz
e. 05/12/2022 N° 99553/22 v. 05/12/2022
Fecha de publicación 05/12/2022