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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL OESTE

Disposición 110/2022

DI-2022-110-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM

Caseros, Buenos Aires, 01/12/2022

VISTO la Nota NO-2022-02208014-AFIP-DVOINV#SDGOPIM de fecha 28 de noviembre de 2022, remitida por la jefatura de la División Investigación de la Dirección Regional Oeste, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la nota citada en el Visto, la Jefatura de la División Investigación de la Dirección Regional Oeste propone modificar el Régimen de Reemplazos para los casos de ausencia o impedimento, por razones funcionales y operativas dentro de su nivel de estructura.

Que por las razones invocadas, resulta necesario modificar el régimen de reemplazos establecido mediante la Disposición DI-2020-85-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 23 de diciembre de 2020.

Que de acuerdo con las facultades delegadas por la Disposición DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y a las atribuciones asignadas mediante la Disposición DI-2021-33-E-AFIP-AFIP del 3 de marzo de 2021, procede a disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar el régimen de reemplazos para los casos de ausencia o impedimento de la División Investigación, dependiente de ésta Dirección Regional Oeste - AFIP - DGI, el que quedará establecido de la siguiente forma:

ESTRUCTURAREEMPLAZANTE (En el orden que se indica)
DIVISIÓN INVESTIGACIÓN (DI ROES)1° REEMPLAZO: Contadora Pública CHIARELLO, MARIA ALEJANDRA - CUIL 27-20574283-8 - Legajo Nº: 33.458/50(*).
2° REEMPLAZO: Contador Público LOPEZ KENNY, ALEJANDRO JORGE – CUIL 20-21820596-9 - Legajo Nº: 37.985/51 (*).

(*) Corresponde al ejercicio de Juez Administrativo.

ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto la Disposición DI-2020-85-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 23 de diciembre de 2020 y toda aquella disposición anterior, que nombrara niveles de reemplazo en la estructura aludida en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese y archívese.

Fernando Fabian Fares

e. 06/12/2022 N° 99727/22 v. 06/12/2022

Fecha de publicación 06/12/2022