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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 179/2022

RESOL-2022-179-APN-SAGYP#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-93908321- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de Auspicio Oficial para la realización del LIBRO Y VIDEO DOCUMENTAL DEL PRIMER CENTENARIO DE LA ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE CABALLOS CRIOLLOS.

Que es competencia de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA entender en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto en el país como para el conocimiento de la producción en el exterior.

Que acerca de los antecedentes históricos de la Asociación de Criadores de Caballos Criollos, cabe mencionar que es una institución con casi CIEN (100) años de existencia ininterrumpida, que fue fundada por un grupo de CUARENTA (40) criadores de la raza en el año 1923, ha crecido en forma exponencial. Esta institución tiene alrededor de NOVECIENTOS CINCUENTA (950) socios y organiza o auspicia anualmente más de CIENTO NOVENTA (190) eventos para la raza criolla, a los cuales concurren aproximadamente DIEZ MIL QUINIENTOS (10.500) caballos.

Que en el año 2017, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN declaró la raza criolla como caballo nacional y patrimonio cultural de la REPÚBLICA ARGENTINA. Asimismo, el criollo es el equino más popular y querido en el país, y la identidad de la asociación, reconocida como la cabeza de Yanquetruz, genera un gran sentido de adhesión y pertenencia.

Que por otro lado merece ser destacado que sus actividades se desarrollan en casi todo el ámbito del territorio nacional, ya que se realizan eventos desde la provincias de JUJUY hasta TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, lo cual demuestra el carácter federal de esta raza.

Que además deben agregarse las competencias internacionales que se realizan a través de la Federación Internacional de Criadores de Caballos Criollos (FICCC), de la cual es miembro junto con las asociaciones de los países vecinos: REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y REPÙBLICA DEL PARAGUAY.

Que siendo el objetivo primordial de la Asociación la difusión y el fomento de la cría de la raza criolla equina, cabe destacar que este trabajo viene realizándose hace casi CIEN (100) años.

Que el Auspicio Oficial de la realización del LIBRO Y VIDEO DOCUMENTAL DEL PRIMER CENTENARIO DE LA ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE CABALLOS CRIOLLOS, no implicará costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 1° inciso ll) del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985 y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Otórgase el Auspicio Oficial para la realización del LIBRO Y VIDEO DOCUMENTAL DEL PRIMER CENTENARIO DE LA ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE CABALLOS CRIOLLOS.

ARTÍCULO 2°.- La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implicará costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Jose Bahillo

e. 07/12/2022 N° 100431/22 v. 07/12/2022

Fecha de publicación 07/12/2022