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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 537/2022

RESOL-2022-537-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2022

VISTO el expediente N° EX-2022-102163282- -APN-DGAYF#MAD, el Decreto N° 7/19 de fecha 11 de diciembre de 2019 y Decreto N° 50/19 de fecha 19 de diciembre de 2019, y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 262/20 de fecha 28 de febrero de 2020 y sus modificatorias y la Resolución N° 1327 de fecha 10 de diciembre de 2014 de la ex Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y,

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 1327/14 de fecha 10 de diciembre de 2014 de la ex Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se adoptó el PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE COOPERACIÓN INTERGUBERNAMENTAL EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE.

Que en el mismo acto se creó el PLAN DE ACCIÓN NACIONAL SOBRE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA como consecuencia de la decisión 4 adoptada en la XVIII Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, mediante la cual los Ministros instruyeron a la Red Regional Intergubernamental sobre Contaminación Atmosférica a continuar el trabajo de elaboración de un Plan de Acción Regional en Materia de Contaminación Atmosférica para América Latina y el Caribe y presentarlo en su próxima reunión.

Que por el Artículo 3° de la Resolución SAyDS N° 1327/14 se estableció que el Plan mencionado se desarrollaría bajo la coordinación institucional y política de la entonces Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, mientras que la coordinación operativa de dicho plan estaría a cargo de la Dirección Nacional de Control Ambiental de la Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación ya mencionada.

Que en la XXII Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, llevada a cabo en febrero de 2021 se decidió solicitar a la Red Intergubernamental la actualización del Plan de Acción Regional, cuyo objetivo general es formular directrices comunes, a corto, mediano y largo plazo, para los miembros de la Red Intergubernamental de Contaminación Atmosférica de América Latina y el Caribe, con el objeto de reducir la contaminación atmosférica en la región y mitigar las emisiones de contaminantes prioritarios, y disminuir de forma sustancial su impacto a nivel local, regional y mundial.

Que en el citado organigrama se asigna dentro de la responsabilidad primaria a la DIRECCIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL Y RECOMPOSICIÓN, de la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RECOMPOSICIÓN de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, la misión de ejecutar programas y proyectos especiales en materia de calidad ambiental, coordinando el proceso de gestión técnica de los mismos e impulsando herramientas de concientización, educación y comunicación; como así también asistir a la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RECOMPOSICIÓN en la aplicación de la legislación vigente en el ámbito de sus competencias sobre el control de la contaminación.

Que entre las acciones establecidas para la citada Dirección se establecen:

1. Ejecutar programas y proyectos especiales en materia de calidad ambiental, coordinando el proceso de gestión técnica de los mismos e impulsando herramientas de concientización, educación y comunicación.

2. Asistir a la Subsecretaría en la aplicación de la legislación vigente en el ámbito de sus competencias sobre el control de la contaminación.

3. Entender en la revisión y actualización permanente del marco normativo vinculado a su competencia, en colaboración con la DIRECCIÓN DE NORMATIVA AMBIENTAL.

Que, en consecuencia, los objetivos del Plan de Acción Nacional sobre Contaminación Atmosférica se encuadran, en el nuevo organigrama de este Ministerio, dentro de las competencias de la DIRECCIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL Y RECOMPOSICIÓN, siendo que esta área es la que lleva a cabo las acciones, programas y proyectos referidos a calidad del aire en el ámbito de este Ministerio.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas en la Ley de Ministerios N° 22520 (T.O. Decreto N° 438/92) modificada mediante el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modificase el Artículo 3º de la Resolución N° 1327/2014 de fecha 10 de diciembre de 2014 de la ex Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el cual quedará redactado de la siguiente forma: ARTÍCULO 3°.- Establécese que el PLAN DE ACCIÓN NACIONAL SOBRE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA se desarrollará bajo la coordinación institucional y política de la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RECOMPOSICIÓN de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL todas ellas del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 2°.- La conducción operativa del PLAN DE ACCIÓN NACIONAL SOBRE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA estará a cargo de la DIRECCIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL Y RECOMPOSICIÓN de la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RECOMPOSICIÓN de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL todas ellas del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 3°.- La presente norma entrará en vigor a los CINCO (5) días de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie

e. 13/12/2022 N° 101178/22 v. 13/12/2022

Fecha de publicación 13/12/2022