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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 1259/2022

DECAD-2022-1259-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 84/135-0203-CDI21.

Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-122850939-APN-DGM#EA, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivos modificatorios y normas complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa 84/135-0203-CDI21 para la “CONTRATACIÓN DIRECTA INTERADMINISTRATIVA ENTRE EL EA - INVAP PARA LA ADQUISICIÓN DE RADARES RPA - 200M”.

Que la Contratación Directa referida precedentemente se encuadra en el artículo 25, inciso d) apartado 8 del Decreto Nº 1023/01 y en el artículo 22 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/16.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1084 del 5 de agosto de 2022 se declaró Secreto Militar en los términos del Decreto Nº 9390/63, por ser de carácter estrictamente técnico, la naturaleza de sus prestaciones y su relación directa con la seguridad y defensa nacional al Anexo A – Especificaciones Técnicas del Contrato Interadministrativo entre el Ejército Argentino e INVAP S. E., por el cual dicha firma se obliga a producir y entregar el siguiente material: DOS (2) Radares móviles de vigilancia aérea de largo alcance, RPA-200M y UN (1) simulador de entrenamiento (SiE) y elementos logísticos.

Que, en dicho marco, el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y la firma INVAP S. E. celebraron, con fecha 5 de octubre de 2022, el respectivo Contrato Interadministrativo por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL VEINTISIETE (USD 23.298.027).

Que el referido contrato contribuye al interés público y a la utilidad nacional, ya que está vinculado a la defensa del Estado Nacional a través del mantenimiento de la capacidad operacional de las FUERZAS ARMADAS, con el fin de garantizar la protección del territorio nacional.

Que, en virtud de lo expresado precedentemente, corresponde aprobar la citada Contratación Directa Interadministrativa.

Que el área pertinente del MINISTERIO DE DEFENSA ha manifestado que cuenta con crédito presupuestario para atender los gastos que emanen del contrato interadministrativo en cuestión.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9º, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Contratación Directa Interadministrativa N° 84/135-0203-CDI21 para la adquisición de “RADARES RPA - 200M”.

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase la referida Contratación Directa Interadministrativa a la firma INVAP S. E. (CUIT 30-58558124-7), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL VEINTISIETE (USD 23.298.027).

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 45- MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 21- ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase al Señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión y declaración de caducidad respecto de la Contratación Directa que por este acto se adjudica.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Jorge Enrique Taiana

e. 19/12/2022 N° 102991/22 v. 19/12/2022

Fecha de publicación 19/12/2022