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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 158/2022

RESOL-2022-158-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2022

VISTO el EX-2022-115194420-APN-DM#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células y el Decreto Reglamentario Nº 16/2019; y

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 57 de la Ley Nº 27.447, corresponde al INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) dictar las normas técnicas a las que deberá responder la obtención y utilización de órganos, tejidos y células para trasplante; promoviendo la calidad, seguridad y trazabilidad de los procesos de donación y trasplante en el ámbito nacional.

Que en ese marco de competencias y con base en la evidencia actual, la DIRECCIÓN MÉDICA de este Organismo Nacional ha producido un documento junto con la Sociedad ARGENTINA DE TRASPLANTE (SAT) y la SOCIEDAD ARGENTINA DE INFECTOLOGÍA (SADI), vinculado a la implementación de medidas para la utilización de órganos solidos de donantes COVID positivo, con el fin de dar respuesta a los pacientes que se encuentran en lista de espera.

Que el referido documento ha servido de sustento para la elaboración de un Protocolo que tiene, como objetivos prioritarios, la seguridad del receptor, minimizando el riesgo de COVID-19 derivado de donantes positivos, y la optimización de la procuración de órganos provenientes de dichos dadores.

Que el referido Protocolo cuenta con el aval de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD y la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN SANITARIA DEL MINISTERIO DE SALUD.

Que las DIRECCIONES MÉDICA y DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en el marco de las competencias otorgadas por el artículo 57 de la Ley Nº 27.447 y el artículo 3º del Decreto Nº 16/2019.

Que en la actualidad sólo se encuentra en pleno ejercicio de sus funciones el Presidente del Directorio, en virtud de lo cual corresponde actuar de conformidad con lo dispuesto por el inciso e) artículo 60 de la Ley Nº 27.447, en cuanto faculta al mismo a adoptar todas aquellas medidas que siendo de competencia de dicho cuerpo colegiado no admitan dilación, sometiéndolas a consideración del mismo en la primera sesión.

Por ello;

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el “PROTOCOLO PARA LA PROCURACIÓN DE ÓRGANOS PROVENIENTES DE DONANTES CON PRUEBAS DIAGNÓSTICAS PARA SARS CoV2 DETECTABLES”, establecido en el ANEXO ÚNICO (IF-2022-129667559-APN-DM#INCUCAI) de la presente resolución, que forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 2º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Notifíquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para la publicación. Cumplido, archívese.

Carlos Soratti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/12/2022 N° 103080/22 v. 19/12/2022

Fecha de publicación 19/12/2022