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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1643/2022

RESOL-2022-1643-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-131370902- -APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020 y N° 183 de fecha 12 de abril de 2022, la Resoluciones INCAA N° 806 de fecha 16 de abril de 2010 y sus modificatorias, N° 554 de fecha 28 de julio de 2017 , N° 742-E de fecha 01 de julio de 2022 y N° 1046-E de fecha 22 de agosto de 2022; y

CONSIDERANDO

Que el artículo 1° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) tendrá a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo a las disposiciones de esta ley.

Que mediante Resolución N.º 806/2010 se aprobó el Reglamento para el funcionamiento de la ENERC, el cual establece la creación del cargo de RECTOR dependiente de la Presidencia del INCAA, quien será designado por dicha Presidencia, previo concurso de selección de proyectos y antecedentes.

Que por Resolución INCAA N° 554/2017 se aprobó el “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL CARGO DE RECTORÍA DE LA ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA (ENERC)”.

Que por Resolución INCAA N° 742-E/2022, y atento la vacancia en el cargo de Rector/a del referido Establecimiento, se aprobaron las Bases del llamado al Proceso de Selección para el cargo de Rector/a de la ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA (ENERC)”, las “Pautas para la elaboración del proyecto académico de gestión de la ENERC” y el llamado al proceso de selección para la cobertura de este puesto.

Que conforme lo previsto en el Reglamento y Bases mencionados, por Resolución INCAA N° 1046-E/2022 se aprobó la conformación del “Jurado para el proceso de selección para el cargo de RECTOR/A de la ENERC.”.

Que el Jurado ha llevado a cabo las distintas instancias de evaluación de los y las postulantes al cargo de referencia, conforme puede verificarse en Actas obrantes en los documentos digitales N° IF-2022-130671275-APN-SGRRHH#INCAA, N° IF-2022-130671551-APN-SGRRHH#INCAA, N° IF-2022-130671710-APN-SGRRHH#INCAA, N° IF-2022-130671889-APN-SGRRHH#INCAA, IF-2022-130672053-APN-SGRRHH#INCAA y N° IF-2022-131175992-APN-SGRRHH#INCAA.

Que elevado el orden de mérito final a la Vicepresidencia del INSTITUTO, y en cumplimiento de lo previsto en el CAPÍTULO III Punto II de las Bases del Llamado (IF-2022-62287340-APN-INCAA#MC), se dio intervención al CONSEJO ACADÉMICO de la ENERC.

Que dicho CONSEJO ha resuelto que no posee observaciones que efectuar respecto de los/as postulantes que integran la terna elaborada por el Jurado de selección, tal como puede verificarse en Acta obrante en documento N° IF-2022-132569327-APN-SGRRHH#INCAA.

Que por la Bases de referencia se estableció que “en caso de no mediar ninguna observación, el Presidente procederá a designar como Rector/a de la ENERC al 1° aspirante en el orden de mérito”.

Que conforme Acta N° VI – IF-2022-131175992-APN-SGRRHH#INCAA- del Jurado del Proceso de Selección, el primer postulante en orden de mérito resultó ser el Realizador Cinematográfico Sr. Gabriel ROJZE (DNI 16.833.000).

Que atento lo precedentemente expuesto, debe dictarse el acto administrativo que designe al Sr. ROJZE en el cargo de “RECTOR DE LA ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA (ENERC)”.

Que al respecto establecen las Bases del Proceso que “quien resulte designado Rector/a de la ENERC, durará un período de CUATRO (4) años en su cargo a partir de la fecha de la notificación de su designación, gozando del régimen de estabilidad propio de su función. Finalizado el mismo y de continuar eventualmente en su ejercicio, permanecerá en el cargo hasta que se apruebe un nuevo nombramiento”.

Que la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de competencia previa al dictado de esta medida.

Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002, N° 90/2020 y N° 183/2022.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE A CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Designar al Sr. Gabriel ROJZE (DNI 16.833.000), con carácter transitorio, por el término de CUATRO (4) años, a partir de la notificación del presente acto, conforme lo previsto en el Reglamento de Selección aprobado por Resolución INCAA N° 554/2017 y Bases del llamado aprobadas por Resolución INCAA N° 742-E/2022, en el cargo de “RECTOR DE LA ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CIMEMATOGRÁFICA (ENERC)”.

ARTÍCULO 2°.- El funcionario designado por el Artículo 1° de la presente percibirá por sus funciones el Nivel A, Grado 10 y Función Ejecutiva Nivel I del escalafón del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA (Dto. 1032/2009), conforme Reglamentación y Bases citadas precedentemente, y correspondientes servicios acreditados en la Administración Pública.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Nicolas Daniel Batlle

e. 21/12/2022 N° 103427/22 v. 21/12/2022

Fecha de publicación 21/12/2022