Edición del
3 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 679/2022

Resolución RESOL-2022-679-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1807

Expediente EX-2022-69861217-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2022

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación a la capacidad de transporte existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) a requerimiento de ENERGÍA DE CATAMARCA SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (EC SAPEM), consistente en la conexión de UN (1) nuevo distribuidor de 13,2 kV Centro a conectarse en la Estación Transformadora (ET) Tinogasta en la Provincia de CATAMARCA. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 de esta resolución, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgado un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de la última publicación efectuada para que quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra mencionada en el artículo 1 de esta resolución. 5.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de lo dispuesto mediante Resolución ENRE Nº 558 de fecha 4 de noviembre de 2022, deberá incorporar en el primer informe de avance del Sistema de Gestión Ambiental (SGA) que presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998, en el perímetro de la ET Tinogasta. 6.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. y, en su caso, a EC SAPEM, que las instalaciones involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente en materia de Seguridad Pública, a saber: a) Resolución ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas); b) Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras) y; c) Resolución ENRE Nº 620 de fecha de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 7.- Notifíquese a TRANSNOA S.A., a EC SAPEM, a CAMMESA y al ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS Y OTRAS CONCESIONES DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sr. Walter Domingo Martello-.

Lohana Arturo, Asistente administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 23/12/2022 N° 104311/22 v. 23/12/2022

Fecha de publicación 23/12/2022