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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 680/2022

Resolución RESOL-2022-680-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1807

Expediente EX-2022-53900747-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2022

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación a la capacidad de Transporte Existente y el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) presentada por la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN DE TUCUMÁN SOCIEDAD ANÓNIMA (EDET S.A.), para la realización de la obra consistente en la instalación de UNA (1) nueva celda de 13,2 kV en la Estación Transformadora (ET) Tucumán Oeste, en la Provincia de TUCUMÁN. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 de esta resolución, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar donde se construirán la obras proyectadas o donde puedan afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de la última publicación efectuada, para que quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo autorizando la ampliación y emitiendo el CCyNP referido en el artículo 1. 5.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA) deberá incorporar en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE Nº 77 de fecha 12 marzo de 1998 en el perímetro de la ET Tucumán Oeste. 6.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. y a EDET S.A. que las instalaciones involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente en materia de seguridad pública establecidos en las Resoluciones ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas), Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras) y Nº 620 de fecha de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 7.- Notifíquese a EDET S.A., a TRANSNOA S.A., a CAMMESA y a ENTE ÚNICO DE CONTROL Y REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TUCUMÁN (ERSEPT). 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sr. Walter Domingo Martello-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 23/12/2022 N° 104363/22 v. 23/12/2022

Fecha de publicación 23/12/2022