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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 870/2022

RESOL-2022-870-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2022

VISTO el Expediente EX-2022-113597489- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 549 del 19 de agosto de 2022.

CONSIDERANDO:

Que, ante la FISCALÍA Nº 2 (ex U.F.T. Nº 1 – homicidios /femicidios) del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE RÍO NEGRO, a cargo del Doctor Martin Augusto PEZZETTA, tramita el Legajo Nº MPF-CI-02885-2022, caratulado “UFT 1 S/ INVESTIGACIÓN FEMICIDIO (MARÍA AGUSTINA FERNANDEZ BARREIRO)”.

Que, el titular de la mencionada FISCALÍA mediante oficio de fecha 21 de octubre de 2022, solicitó a la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de este Ministerio, se ofrezca una recompensa, destinada a aquellas personas que, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del autor del hecho ocurrido el día 2 de julio de 2022, entre las 19:30 y 20:00 horas, en el complejo ubicado en calle Confluencia Nº 1301, de la ciudad de Cipolletti Provincia de RÍO NEGRO, en el que resultara como víctima María Agustina, FERNANDEZ BARREIRO.

Que, el deceso de la joven María Agustina FERNANDEZ BARREIRO, fue el día 5 de julio de 2022, producto de múltiples lesiones, en ocasión probablemente de un robo a la vivienda perteneciente a un amigo y en la que se encontraba en ese momento, hecho ocurrido el día 2 de julio de 2022, en el complejo ubicado en calle Confluencia Nº 1301, de la ciudad de Cipolletti Provincia de RÍO NEGRO.

Que, al día de la fecha no se ha podido individualizar al autor del hecho mencionado, y que es probable que haya abandonado la ciudad, y que pese a haber irradiado a todas las Unidades y Organismos provinciales al día de la fecha los resultados se han tornado infructuosos. Asimismo, menciona que considera que la difusión masiva a nivel nacional, sea dirigida a todas aquellas que puedan aportar datos sobre el probable autor a la causa, y que coadyuven por otra parte, a individualizar a la persona cuyo identikit resulta de vital interés pues podría aportar información vital en la investigación.

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022 el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS

ORDENADA POR LA JUSTICIA pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este Organismo.

Que, han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que, la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), destinada a aquellas personas que, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del autor del hecho ocurrido el día 2 de julio de 2022, entre las 19:30 y 20:00 horas en el complejo ubicado en calle Confluencia Nº 1301, de la ciudad de Cipolletti Provincia de RÍO NEGRO, en el que resultara como víctima María Agustina, FERNANDEZ BARREIRO.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2022-129340143-APN-DRPJ#MSG) correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/12/2022 N° 104930/22 v. 26/12/2022

Fecha de publicación 26/12/2022