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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 557/2022

RESOL-2022-557-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 19/08/2022

VISTO el Expediente EX-2022-69594334 -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la FISCALÍA NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 36 de esta CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Marcelo MUNILLA LACASA, tramita la causa N° 40633/2021 CCC Nº 5281/201 del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 10, Secretaría nº 130), CARATULA “AJALLA CABRERA, EDUARDO MIGUEL ÁNGEL Y OTROS S/ HOMICIDIO.

Que el titular la FISCALÍA NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 36 de esta CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Marcelo MUNILLA LACASA, mediante oficio de fecha 22 de junio de 2022, solicitó a la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL, se ofrezca una recompensa, destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de AJALLA CABRERA, Eduardo Miguel Ángel, titular del D.N.I N° 31.733.398, con ultimo domicilio conocido en la calle Bonifacio Nº 1390, departamento primero C, de esta Ciudad.

Que el nombrado AJALLA CABRERA, Eduardo Miguel Ángel, tiene un pedido de captura vigente desde el día 10 de marzo de 2022, a solicitud del magistrado interviniente, pues no fue posible dar con el nombrado para poder cumplir con su declaración indagatoria y detención, ordenada el día 3 de marzo de 2022.

Que el nombrado AJALLA CABRERA, Eduardo Miguel Ángel, se lo investiga, junto con la colaboración de otras personas y mediante la utilización de una arma de fuego, se le diera muerte a Carlos Walter Molina, efectuándose diversos golpes en el rostro y una “lesión de proyectil de arma de fuego en el tórax – hemorragia interna”, con el objeto de desapoderarlo del equivalente en pesos a siete mil quinientos dólares, hecho ocurrido el día 19 de noviembre de 2021, entre las 18:00 y las 18:06 horas, en el domicilio ubicado en el departamento C, piso 10 de la Av. Díaz Vélez Nº 3758 de esta Ciudad

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de AJALLA CABRERA, Eduardo Miguel Ángel, titular del D.N.I N° 31.733.398, con ultimo domicilio conocido en la calle Bonifacio Nº 1390, departamento primero C, de esta Ciudad.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2022-69872173-APN-SSICYCJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

e. 29/12/2022 N° 106663/22 v. 29/12/2022

Fecha de publicación 29/12/2022