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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Decisión Administrativa 1316/2022

DECAD-2022-1316-APN-JGM - Trasládase agente.

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022

VISTO el Expediente N° EX-2018-60034127-APN-DNTYA#SENASA, la Ley N° 27.591, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, 882 del 23 de diciembre de 2021 y 331 del 16 de junio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 331/22 se distribuyeron los cargos y horas de cátedra en el marco de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 27.591, prorrogada por el mencionado Decreto N° 882/21.

Que con el fin de poder efectuar el traslado del agente Julio César ALFIERI quien revista en la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Nivel D - Grado 6, Agrupamiento General, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a un cargo vacante Agrupamiento Operativo, Categoría Técnico, Grado 12, Tramo General del escalafón del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40/07, resulta necesario descongelar dicho cargo.

Que los servicios jurídicos permanentes del INTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS y del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ambos del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad a las facultades emergentes de los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.591, prorrogada por el Decreto N° 882/21 y 15, inciso b) apartado II), del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Exceptúase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.591, prorrogada por el Decreto N° 882/21, respecto de UN (1) cargo vacante del escalafón del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, al sólo efecto de hacer efectivo el traslado que se dispone por el artículo 2° de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2°.- Trasládase, a partir del dictado de la presente medida, al agente Julio César ALFIERI ( D.N.I. N° 16.957.749) quien revista en UN (1) cargo de la planta permanente Nivel D - Grado 6, Agrupamiento General, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a la planta permanente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa

e. 30/12/2022 N° 107329/22 v. 30/12/2022

Fecha de publicación 30/12/2022