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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA

Resolución 1014/2022

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-AFI:000033/2022, lo dispuesto por la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, modificada por Ley N° 27.126 y por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 214 del 4 de marzo de 2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 52 del 20 de Diciembre de 2019, los Decretos N° 1311 del 6 de julio de 2015 modificado por el Decreto N° 2415 del 18 de noviembre de 2015, 540 del 12 de junio de 2020, 987 del 10 de diciembre de 2020, 359 del 4 de junio de 2021, 832 del 6 de diciembre de 2021, 295 del 6 de junio de 2022, 654 del 22 de septiembre de 2022 y las Resoluciones N° 439 del 16 de junio de 2021 y 642 del 29 de julio de 2022 del registro de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 25.520 y su modificatoria Ley N° 27.126, se establecieron las bases normativas en las que deberán desarrollar sus actividades los organismos de inteligencia, disponiéndose que el funcionamiento del Sistema de Inteligencia Nacional deberá ajustarse estrictamente a las previsiones contenidas en la Constitución Nacional, los Tratados de Derechos Humanos suscriptos, y los que se suscriban con posterioridad a la sanción de dicha ley, y a toda otra norma que establezca derechos y garantías.

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 52/19 prorrogado por el Decreto Nº 540/20, se dispuso la Intervención de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA otorgando al/la Interventor/a las facultades de gobierno y administración del Organismo establecidas en las Leyes Nº 25.520 y 27.126, y en el Decreto Nº 1311/15 modificado por el Decreto Nº 2415/15.

Que por el Decreto N° 987/20, prorrogado por los Decretos N° 359/21, 832/21, 295/22 y 654/22, se dispuso una nueva Intervención, manteniendo las mencionadas facultades en cabeza del/la Interventor/a hasta el 10 de diciembre de 2023.

Que por Resolución N° 439/21 de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA se aprobó el Plan de Inteligencia Nacional, como instrumento de planificación que orienta los cursos de acción para alcanzar los objetivos establecidos por los lineamientos estratégicos fijados por el Presidente de la Nación, y al mismo tiempo permite dirigir y articular el funcionamiento del Sistema de Inteligencia Nacional.

Que en el marco de las funciones de coordinación para la confección de la Apreciación de Inteligencia Estratégica Nacional asignadas a la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 inciso 8° de la Ley 25.520 se conformó una Comisión integrada por funcionarios y funcionarias de las áreas competentes de esta Agencia, y por representantes de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y de la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar del MINISTERIO DE DEFENSA, en función de sus competencias específicas como integrantes del Sistema de Inteligencia Nacional.

Que por lo expuesto, resulta necesario aprobar la Apreciación de Inteligencia Estratégica Nacional, como una herramienta de importancia para el ciclo de inteligencia, que permite arribar a diagnósticos y conduce a conceptualizar la situación actual y las tendencias futuras de áreas de interés prioritarias para la Nación, mediante la realización de un análisis sistemático y prospectivo de inteligencia estratégica.

Que, en el marco de las transformaciones llevadas a cabo a partir del Decreto N° 52/19, que tiene por objeto consolidar un paradigma que, en materia de inteligencia, permita rendir cuentas ante la sociedad y exponga los principios de publicidad, transparencia, eficacia y eficiencia, así como por la relevancia institucional de la medida adoptada, corresponder dar carácter público a la presente resolución pudiendo trascender el ámbito oficial en los términos del inciso c) del artículo 16 bis de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificatorias.

Que, no obstante, toda vez que el conocimiento por personal no autorizado del contenido de la Apreciación de Inteligencia Estratégica Nacional puede afectar gravemente los interés fundamentales u objetivos vitales de la Nación, corresponde otorgar al Anexo Único el carácter de secreto en los términos del artículo 16 bis de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y su modificatoria.

Que el Servicio Jurídico del Organismo ha tomado intervención en lo que resulta materia de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificatorias y el Decreto N° 654/22.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese la APRECIACIÓN DE INTELIGENCIA ESTRATÉGICA NACIONAL que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Asígnase a la presente resolución el carácter de PÚBLICO, pudiendo trascender el ámbito oficial en los términos del artículo 16 bis de la Ley N° 25.520 y sus modificatorias.

ARTICULO 3°.- Asígnase al Anexo Único de la presente el carácter de SECRETO en los términos de lo dispuesto por el artículo 16 bis inciso c) de la Ley N° 25.520 y sus modificatorias.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

Agustín Rossi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 30/12/2022 N° 107379/22 v. 30/12/2022

Fecha de publicación 30/12/2022