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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 895/2022

RESOL-2022-895-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022

VISTO el expediente EX-2022-139763551- -APN-UGA#MSG del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior, el Decreto Nº 1177 del 22 de agosto de 2013 y la Resolución de este Ministerio de Seguridad Nº 875 del 21 de diciembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 y modificatorias establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior, entendiéndose por tal la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que al MINISTERIO DE SEGURIDAD le concierne, en orden a sus competencias, lo relacionado a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías, en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.

Que al MINISTERIO DE SEGURIDAD le compete ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que corresponde a la SECRETARÍA EJECUTIVA del CONSEJO de SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE SEGURIDAD entender en la elaboración, propuesta y ejecución de los planes y/o programas destinados a propiciar políticas públicas en materia de seguridad.

Que mediante el Decreto Nº 1177 del 22 de agosto de 2013 se creó el Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la Seguridad en la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD, destinado al fortalecimiento de las Instituciones del Sistema de Seguridad Interior, aprobándose sus lineamientos, partes intervinientes, responsabilidades y financiamiento.

Que resulta un objetivo clave de dicho programa llevar adelante acciones de apoyo, colaboración y cooperación para el fortalecimiento de las políticas públicas, en materia de seguridad.

Que en dicho marco esta Cartera Ministerial aprobó el Plan Piloto de Fortalecimiento Tecnológico para la Seguridad Ciudadana (FOR.TE.SE.C.) -Primera Etapa- por RESOL-2022-875-APN-MSG.

Que en la instancia y considerando lo dispuesto en el Anexo I del Decreto Nº 1177/13 corresponde ampliar el alcance del referido programa a los efectos de incluir las jurisdicciones municipales que han manifestado interés en participar del mismo.

Que a través de la asignación de recursos a las jurisdicciones municipales que en esta primera etapa han comunicado su interés expreso en participar de la iniciativa, se podrá concretar un plan de acción tendiente a lograr la adquisición y/o fortalecimiento de tecnología y/o equipamiento que contribuyan a materializar políticas de prevención y combate del delito.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo dispuesto en el artículo 22 bis de la Ley Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) y artículo 2º del Decreto Nº 1177/13.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Incorpórase al Plan Piloto de Fortalecimiento Tecnológico para la Seguridad Ciudadana (FOR.TE.SE.C.) -Primera Etapa- aprobado por la Resolución de este Ministerio de Seguridad Nº 875 del 21 de diciembre de 2022, a las jurisdicciones que se indican en el ANEXO ÚNICO IF-2022-139804938-APN-UGA#MSG que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º. Autorízase la asignación de las sumas indicadas en el Anexo Único IF-2022-139804938-APN-UGA#MSGa las jurisdicciones allí consignadas, con cargo a rendir cuentas de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Nº 1177/13 y conforme el destino y demás condiciones dispuestas por la Resolución de este Ministerio de Seguridad Nº 875 del 21 de diciembre de 2022.

ARTÍCULO 3º. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/12/2022 N° 107170/22 v. 30/12/2022

Fecha de publicación 30/12/2022