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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 1134/2022

RESOL-2022-1134-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022

Visto el expediente EX-2022-117531888-APN-DGDA#MEC, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la ley 27.431, el decreto 167 del 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 108 de la ley 27.431, incorporado a la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o a gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que esas unidades tendrán una duración que no exceda los dos (2) años, pudiendo ser prorrogadas siempre que estén previstas en el presupuesto del año siguiente al vencimiento del plazo.

Que a través del artículo 1º del decreto 167 del 2 de marzo de 2018 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias en los términos del artículo 108 de la ley 27.431 y a designar a sus titulares, previa intervención de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional de la Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que mediante el decreto 451 del 3 de agosto de 2022, se modificó la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, disponiéndose entre otras cuestiones involucradas, que por razones operativas de gobierno resultaba necesario unificar las competencias asignadas al Ministerio de Economía, al entonces Ministerio de Desarrollo Productivo y al entonces Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, con el fin de implementar nuevos objetivos y políticas de gobierno en las jurisdicciones citadas.

Que, en ese sentido, compete al Ministerio de Economía asistir al Presidente o a la Presidenta de la Nación y al Jefe o a la Jefa de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política económica, presupuestaria e impositiva y de desarrollo productivo, a la administración de las finanzas públicas, la industria, la agricultura, la ganadería y la pesca, a las relaciones económicas, financieras y fiscales con las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de energía, de minería y de comercio.

Que, en consecuencia, se considera pertinente la creación de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Articulación Estratégica de Áreas Económicas y Productivas”, en el ámbito del Ministerio de Economía, la que tendrá por objeto articular estratégicamente las acciones de coordinación necesarias que permitan el desarrollo armónico entre las áreas económicas y productivas.

Que la mencionada Unidad quedará disuelta a los dos (2) años de la entrada en vigencia de esta medida, en los términos de lo dispuesto en la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1994).

Que Ezequiel Carlos Melaraña (MI Nº 23.284.517) y Franco Daniel Blanco Mollo (MI Nº 30.460.400), reúnen las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir con las responsabilidades y funciones de titular y subtitular, respectivamente, de la mentada Unidad.

Que la Dirección Nacional de Diseño Organizacional y la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía han tomado la intervención que les compete.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios -t.o. 1992-y sus modificaciones, y en uso de las facultades contempladas en el artículo 1º del decreto 167/2018.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Articulación Estratégica de Áreas Económicas y Productivas”, en el ámbito del Ministerio de Economía, con el objeto de articular estratégicamente las acciones de coordinación necesarias que permitan el desarrollo armónico entre las áreas económicas y productivas.

ARTÍCULO 2º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Articulación Estratégica de Áreas Económicas y Productivas”, tendrá como objetivos:

1. Gestionar la articulación general de las áreas sustantivas con competencia en materia económica y productiva para una mejor ejecución de las políticas públicas en ambos sectores.

2. Colaborar en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/ la Ministro/a, articulando su accionar con las áreas económicas y productivas de la jurisdicción.

3. Realizar informes dirigidos al/a la Ministro/a que sirvan como insumo para la toma de decisiones, que coadyuven a la definición de políticas destinadas a la armonización en base a criterios funcionales, de las responsabilidades asignadas a las áreas económicas y productivas.

4. Participar en las actividades institucionales, así como también en las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos con la finalidad de armonizar las propuestas para la planificación sobre la base de prioridades de corto y mediano plazo.

5. Diseñar planes y coordinar la realización de análisis prospectivos que permitan prever diferentes escenarios a los efectos de desarrollar procesos de planeamiento estratégico.

ARTÍCULO 3º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Articulación Estratégica de Áreas Económicas y Productivas”, estará a cargo de un/a funcionario/a fuera de nivel con rango y jerarquía de Secretario en carácter de titular y de un/a funcionario/a fuera de nivel con rango y jerarquía de Subsecretario, en carácter de subtitular.

ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada mediante el artículo 1º de esta medida quedará disuelta a los dos (2) años de la entrada en vigencia de esta resolución.

ARTÍCULO 5º.- Desígnase en el cargo de titular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Articulación Estratégica de Áreas Económicas y Productivas”, a Ezequiel Carlos Melaraña (MI Nº 23.284.517).

ARTÍCULO 6º.- Desígnase en el cargo de subtitular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Articulación Estratégica de Áreas Económicas y Productivas”, a Franco Daniel Blanco Mollo (MI Nº 30.460.400).

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 8º.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sergio Tomás Massa

e. 02/01/2023 N° 107367/22 v. 02/01/2023

Fecha de publicación 02/01/2023