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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

Resolución 117/2022

RESFC-2022-117-APN-CD#INTI

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-121054728-APN-GORRHH#INTI, el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, las Leyes Nros. 25.164, 25.467 y 27.591, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 214 de fecha 27 de febrero de 2006, 109 de fecha 18 de diciembre de 2007, 355 de fecha 22 de mayo de 2017, 882 de fecha 23 de diciembre de 2021 y 426 de fecha 21 de julio de 2022, las Decisiones Administrativas Nros. 970 de fecha 12 de octubre de 2021, 973 de fecha 13 de octubre de 2021 y 4 de fecha 5 de enero de 2022, la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161 y Nº 988 de fecha 30 de diciembre de 2009, las Disposiciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nros. 52 de fecha 25 de febrero de 2022, 67 de fecha 11 de marzo de 2022, 84 de fecha 23 de marzo de 2022, y 437 de fecha 28 de octubre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA. Que por el Decreto Nº 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.591 -de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021- regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 4/22 se determinaron de acuerdo con el detalle de las Planillas Anexas (IF-2022-00373257-APN-SSP#MEC) los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias y conforme su artículo 2º se estableció que durante la vigencia de la prórroga del presupuesto se mantendrán las disposiciones establecidas en la Decisión Administrativa N° 4/21.

Que por el artículo 6° de la Ley N° 27.591 se estableció que no se podrán aprobar incrementos en los cargos que excedan los totales fijados en las planillas anexas a dicho artículo, y se exceptuó de la limitación dispuesta a los cargos del SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, determinado por la Ley Nº25.467 del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Que asimismo, por el artículo 7° de la mencionada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros quedando exceptuados de lo previsto precedentemente los cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 970/21 y su modificatoria N° 973/21, se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) -entre otros Organismos- con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

Que en los fundamentos de la Decisión Administrativa N° 970/21, se dejó asentado que resulta indispensable garantizar que los organismos públicos con competencia en materia de ciencia y tecnología, cuenten con los recursos humanos y las condiciones de trabajo necesarias, para cumplir adecuadamente con sus funciones, destacándose la implementación de políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y su capacitación, la política salarial, la promoción y el desarrollo de carrera de las y los agentes de la Administración Pública Nacional.

Que a tal fin, oportunamente fueron analizados los perfiles necesarios para la identificación de cargos vacantes de planta permanente del Organismo, cuya cobertura se persigue, en el marco del PLAN INTEGRAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS RECURSOS HUMANOS DE LOS ORGANISMOS QUE INTEGRAN AL CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICyT), pertenecientes a la Administración Pública Nacional, aprobado por la Decisión Administrativa N° 970/21.

Que la cobertura de los referidos cargos no se encuentra alcanzada por la prohibición del Decreto Nº 426/22, por tratarse de designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, establecido por la Ley N° 25.467, y conforme lo previsto por la Decisión Administrativa Nº 970/21 y su modificatoria.

Que el artículo 8º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, así como su Decreto Reglamentario Nº 1421/02, establecen que el ingreso al régimen de carrera deberá llevarse a cabo mediante procesos de selección que aseguren los principios de transparencia, publicidad y mérito con el objeto de determinar la idoneidad de los postulantes siendo el órgano rector en la materia la actual la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09, respectivamente, se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Selección, para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

Que a los fines de proceder a la organización de los procesos de selección correspondientes en este INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), mediante la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 52/22 se designó a los integrantes de los Órganos Selectores, de conformidad con lo establecido por el artículo 3° del Anexo I de la Resolución Conjunta mencionada.

Que mediante la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 67/22 se llamó a concurso mediante Convocatoria por el Sistema de Selección Abierta, conforme a los procedimientos establecidos por el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09, para la cobertura de TREINTA Y CINCO (35) cargos vacantes y financiados de la planta permanente.

Que mediante el artículo 2º de la mencionada Disposición se aprobaron las Bases del Concurso, y se fijó como período de inscripción electrónica de los respectivos procesos de selección para la cobertura de los TREINTA Y CINCO (35) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, el comprendido a partir del día 2 de marzo de 2022 y hasta el día 23 de marzo de 2022 inclusive.

Que mediante la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 84/22 se estableció que el periodo de inscripción fuera el previsto entre los días 4 de abril de 2022 al 22 de abril de 2022 inclusive, dejándose sin efecto las fechas establecidas en el artículo 3° de la Disposición N° 67/22.

Que por la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 437/22 se aprobaron los Ordenes de Mérito definitivos elevados por los Órganos Selectores Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 10 respecto de los postulantes para los cargos consignados en el Anexo I que forma parte de la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) N° 67/22.

Que se ha dado cumplimiento a las etapas del proceso de selección para la cobertura de dichos cargos, conforme el Régimen de Selección antes mencionado.

Que las personas que se designan en la presente medida han obtenido el puntaje más elevado en los referidos Ordenes de Mérito, los que han sido notificados y no fueron objeto de impugnaciones, por lo que habiendo transcurrido los plazos legales establecidos, deben instrumentarse las respectivas designaciones.

Que el artículo 3° del Decreto N° 355/17 establece que la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la Planta Permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas Jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y los Secretarios de Gobierno. Dichos actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial.

Que el artículo 5° del mencionado Decreto N° 355/17 establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS, mediante el IF-2022-121082289-APNGORRHH#INTI obrante en el orden número 34 e IF-2022-129810205-APN-GORRHH#INTI obrante en el orden número 55, y la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, mediante el IF-2022-121494425-APNDA#INTI obrante en el orden número 39, prestaron su conformidad a la medida propiciada.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, mediante el IF-2022- 124994953-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden número 46, tomó registro del gasto e informó que el mismo será solventado con cargo al Presupuesto Nacional.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia. Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL Nº 161/09 y Nº 988/09, y el artículo 3° del Decreto N° 355/17.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnense, a partir de la fecha de publicación de la presente, a las personas que se consignan en el Anexo I (IF-2022-129732130-APN-GORRHH#INTI), el cual forma parte integrante de la presente Resolución, en los cargos de la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), en el Nivel Escalafonario, Tramo y Grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) que se detallan, y en la unidad orgánica que allí se determina.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Jorge Ernesto Schneebeli - Sandra Marcela Mayol

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/01/2023 N° 23/23 v. 03/01/2023

Fecha de publicación 03/01/2023