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CONTRATOS

Decreto 10/2023

DCTO-2023-10-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-105973542-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia Industria 4.0”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA MILLONES (USD 80.000.000).

Que el objetivo general del citado Programa consiste en contribuir al aumento de la productividad, competitividad y acceso a los mercados de MiPyMEs beneficiarias.

Que los objetivos específicos del mencionado Programa son: (i) fomentar un desarrollo productivo innovador y ambientalmente sostenible de las MiPyMEs beneficiarias, (ii) promover la transformación digital de las MiPyMEs beneficiarias y (iii) fortalecer la asistencia a las MiPyMEs en todas las regiones del país y la descentralización de los programas de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que el referido Programa se desarrollará a través de TRES (3) componentes: (1) Fortalecimiento de los procesos de innovación en MiPyMEs, (2) Transformación Digital hacia Industria 4.0 en MiPyMEs y (3) Fortalecimiento de la red federal de servicios de apoyo y descentralización de los instrumentos de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, el cual actuará a través de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, que estará a cargo de la coordinación general del Programa y de la ejecución técnica del mismo, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO, que estará a cargo, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de la gestión administrativa, financiera, contable, presupuestaria y de las adquisiciones del Programa, o de las dependencias que en el futuro las reemplacen con las mismas competencias y atribuciones legales.

Que, adicionalmente, el Organismo Ejecutor, con la asistencia de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO, llevará a cabo la evaluación estratégica del Programa.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia Industria 4.0”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA MILLONES (USD 80.000.000), destinado a financiar el “Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia Industria 4.0” que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SEIS (6) Capítulos, de las Normas Generales integradas por DOCE (12) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I (IF-2022-120776192-APN-SSRFID#MEC) forma parte integrante de esta medida. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como ANEXO II (IF-2022-120776551-APN-SSRFID#MEC) las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” y como ANEXO III (IF-2022-120777431-APN-SSRFID#MEC) las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia Industria 4.0” al MINISTERIO DE ECONOMÍA, el cual actuará a través de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA que estará a cargo de la coordinación general del Programa y de la ejecución técnica del mismo y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO, que estará a cargo, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de la gestión administrativa, financiera, contable, presupuestaria y de las adquisiciones del Programa, o de las dependencias que en el futuro las reemplacen con las mismas competencias y atribuciones legales. Adicionalmente, el Organismo Ejecutor, con la asistencia de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO, llevará a cabo la evaluación estratégica del Programa; y quedarán todas las mencionadas dependencias facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/01/2023 N° 1001/23 v. 09/01/2023

Fecha de publicación 09/01/2023