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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2276/2022

RESOL-2022-2276-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2022

VISTO el EX-2021-126590538- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley N° 24.013, la Ley N° 27.541 reglamentada por el Decreto N° 99/2019, el Decreto N° 297/2020 con sus modificatorias y ampliatorios, Decreto N° 329/2020 y sus respectivas prórrogas, y

CONSIDERANDO:

Que en la página 2 del RE-2022-77924610-APN-DGD#MT del expediente de la referencia, la firma TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA solicita la ampliación del listado del personal afectado del acuerdo obrante en el RE-2021-126589314-APN-DGD#MT, el que fue homologado por la RESOL-2022-1424-APN-ST#MT de fecha 14 de julio de 2022 según consta en la RS-2022-72376441-APN-ST#MT de autos, en los términos del artículo 223 bis de la Ley N° 20.744.

Que dicha ampliación fue ratificada por la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA mediante el RE-2022-98197284-APN-DGD#MT de autos.

Que la referida presentación fue ratificada por las partes según consta en autos.

Que la Ley N° 27.541, reglamentada por el Decreto N° 99 de fecha 27 de diciembre de 2019, ha declarado en su Artículo 1°, la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

Que mediante el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, la que ha sido prorrogada mediante el Decreto N° 867 de fecha 23 de diciembre de 2021.

Que, en este mismo orden de ideas, frente a la gravedad de la emergencia sanitaria prorrogada y encontrándose configurado un caso excepcional de fuerza mayor, con la consiguiente afectación sustancial en el nivel de actividad de las empresas por las medidas públicas dispuestas para enfrentar la situación epidemiológica, se requiere del esfuerzo conjunto de todas las partes involucradas, empleadores, trabajadores, entidades sindicales y el propio Estado Nacional, para afrontar el contexto vigente, privilegiando el interés común y priorizando la salud de los propios trabajadores y de la comunidad en su conjunto, sumado a ello la preservación de las fuentes de trabajo y la continuidad de la empresa.

Que, el presente deviene procedente, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 24.013 y el Decreto N° 265/02, atento el consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis que da cuenta del reconocimiento tácito de la situación de crisis que afecta a la empresa.

Que corresponde hacer saber a las partes que deberán ajustarse a lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 678/2021.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta y ratifican en todos sus términos el listado de marras.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como ampliación del acuerdo marco de carácter colectivo obrante en el RE-2021-126589314-APN-DGD#MT de autos, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el DCTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase homologada la ampliación del listado del personal afectado del acuerdo celebrado entre la firma TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, homologado por la RESOL-2022-1424-APN-ST#MT de fecha 14 de julio de 2022 según consta en la RS-2022-72376441-APN-ST#MT de autos, obrante en el RE-2022-77924610-APN-DGD#MT del EX-2021-126590538- -APN-DGD#MT, ratificado por la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA mediante el RE-2022-98197284-APN-DGD#MT de autos, conforme a los términos del artículo 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro de la ampliación del listado del personal, conjuntamente con la ratificación obrante en el RE-2022-98197284-APN-DGD#MT, homologados por el Artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el acuerdo obrante en el RE-2021-126589314-APN-DGD#MT, el que fue homologado por la RESOL-2022-1424-APN-ST#MT de fecha 14 de julio de 2022 según consta en la RS-2022-72376441-APN-ST#MT de autos.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el acuerdo homologado por el Artículo 1° de la presente Resolución, será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del listado homologado, y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/01/2023 N° 686/23 v. 09/01/2023

Fecha de publicación 09/01/2023