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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 21/2023

RESOL-2023-21-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-46258715- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 919 de fecha 8 de agosto de 2018 y sus modificatorias, Nº 833 de fecha 7 de junio de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución M.C. N° 919/18 (RESOL-2018-919-APN-MC) y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, el cual tiene como objeto regular la organización y las pautas de funcionamiento de las ediciones anuales del citado evento, cuya finalidad es reconocer la trayectoria de los y las artistas visuales y promover la formación de artistas, espectadores y espectadoras, a través de la entrega de los Premios Nacionales a la Trayectoria Artística y los Premios de dicho concurso.

Que, en virtud del artículo 4° del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, el Premio Nacional a la Trayectoria Artística consistirá en el reconocimiento a OCHO (8) artistas vivos de relevante trayectoria, ciudadanos o ciudadanas de la REPÚBLICA ARGENTINA, nativos o nativas, naturalizados o naturalizadas, mayores de SESENTA (60) años al momento de la presentación, que hayan contribuido con aportes decisivos al arte de este país.

Que, a su vez, en virtud de los artículos 12 y 13 del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, los Premios de dicho evento comprenderán las categorías artes del fuego, dibujo, escultura, fotografía, gráfica, instalaciones y medios alternativos, pintura, textil y espacio no disciplinario y consistirán en el reconocimiento a las TRES (3) mejores obras del conjunto de tales categorías y el reconocimiento a las mejores obras de cada una de ellas, en tanto que el premio a la primera mejor obra del Salón se denominará PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA.

Que, por otra parte, según el artículo 31, último párrafo, del referido reglamento, los jurados estarán facultados para otorgar menciones honoríficas cuando consideren que una obra tiene mérito suficiente para ello, las cuales se denominarán “Mención Especial del Jurado”.

Que, a través de la Resolución M.C. N° 833/2022 (RESOL-2022-833-APN-MC) se convocó a la 110 Edición del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, de conformidad con las Bases y Condiciones de participación que como ANEXO I (IF-2022-46245388-APN-PNA#MC) forman parte integrante de la citada medida.

Que, por el artículo 15 de las precitadas Bases y Condiciones de participación se estableció que a los premios correspondientes a la Edición 110 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, se le añadirá la entrega de OCHO (8) Premios Nacionales a la Trayectoria Artística más y de TRES (3) premios más a las TRES (3) mejores obras del conjunto de las categorías establecidas en el Reglamento General, destinados a reconocer a los y las artistas y la actividad artística cuya convocatoria quedó diferida durante 2020 como consecuencia de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto por el Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus modificatorios y las medidas que dieron origen al “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” dispuestas por el Decreto N° 520 de fecha 7 de junio de 2020 y sus modificatorios, hasta el 12 de marzo de 2021.

Que, así, el Jurado del Premio Nacional a la Trayectoria Artística en su sesión de fecha 3 de octubre de 2022, dictaminó adjudicar las distinciones correspondientes a la Edición 110 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES y de la convocatoria que quedó diferida durante 2020 como consecuencia de la emergencia pública en materia sanitaria, a los y las artistas que se consignan en la lista que corre agregada como ANEXO I (IF-2022- 136566397-APN-PNA#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

Que, a su vez, el Jurado previsto en los artículos 26 del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES aprobado por la Resolución M.C. N° 919/18 y sus modificatorias y 11, primer párrafo, de las Bases y Condiciones de Participación, aprobadas por el artículo 1° de la Resolución M.C. N° 833/22, en su sesión de fecha 6 de diciembre de 2022, procedió a adjudicar el Premio PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA a las Primeras mejores obras de la Edición 110 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES y de la convocatoria que quedó diferida durante 2020 como consecuencia de la Emergencia Pública en Materia Sanitaria y los Premios a la Segundas y Terceras mejores obras de las mismas, a los y las artistas que se encuentran consignados en la lista que corre agregada como ANEXO II (IF-2022-136566590-APN-PNA#MC) que forma parte integrante de la presente medida, por las piezas que en cada caso se indican.

Que el Jurado previsto en los artículos 26, segundo párrafo del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES aprobado por la Resolución M.C. N° 919/18 y sus modificatorias y 11, quinto párrafo, de las Bases y Condiciones de Participación, aprobadas por el artículo 1° de la Resolución N° 833/22, en su sesión de fecha 6 de diciembre de 2022, procedió a adjudicar los Premios a las mejores obras de las categorías artes del fuego, dibujo, escultura, fotografía, gráfica, instalaciones y medios alternativos, pintura, textil y espacio no disciplinario y las Menciones Especiales del Jurado, a los y las artistas que se encuentran consignados en la lista que corre agregada como ANEXO III (IF-2022-136591718-APN-PNA#MC) que forma parte integrante de la presente medida, por las piezas que en cada caso se indican.

Que, por lo antedicho, cabe dejar constancia de las adjudicaciones de premios y menciones honoríficas precedentemente señaladas y autorizar el pago de las respectivas distinciones.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).

Que, la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios y en virtud del artículo 1°, inciso h), del Decreto N° 392/86 y el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Adjudicar los Premios Nacionales a la Trayectoria Artística de la Edición 110 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES y de la convocatoria que quedó diferida durante 2020 como consecuencia de la emergencia pública en materia sanitaria, a los y las artistas que se consignan en la planilla que corre agregada como ANEXO I (IF-2022-136566397-APN-PNA#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Adjudicar los Premios PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA a las Primeras mejores obras de la Edición 110 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES y de la convocatoria que quedó diferida durante 2020 como consecuencia de la emergencia pública en materia sanitaria y los Premios a las Segundas y Terceras mejores obras de las mismas, a los y las artistas que se consignan en la planilla que corre agregada como ANEXO II (IF-2022-136566590-APN-PNA#MC) que forma parte integrante de la presente medida, por las piezas que en cada caso se indican.

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar los Premios a las mejores obras de las categorías artes del fuego, dibujo, escultura, fotografía, gráfica, instalaciones y medios alternativos, pintura, textil y espacio no disciplinario y las Menciones Especiales del Jurado de la Edición 110 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, a los y las artistas que se consignan en la planilla que corre agregada como ANEXO III (IF-2022-136591718-APN-PNA#MC) que forma parte integrante de la presente medida, por las piezas que en cada caso se indican.

ARTÍCULO 4°.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, a liquidar la suma total, correspondiente al pago de los premios respectivos.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/01/2023 N° 1484/23 v. 12/01/2023

Fecha de publicación 12/01/2023